​​​NOTA DE PRENSA

 

ASÍ ESTUDIARÁ LA SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS LAS SOLICITUDES DE TERCEROS Y DE AGENTES DEL ESTADO DIFERENTES A MIEMBROS DE LA FUERZA PÚBLICA

 

- Las solicitudes serán agrupadas según el contexto de estructuras  y patrones de macrocriminalidad con las que estén relacionados.

-Dentro de estas agrupaciones se priorizó el patrón de macrocriminalidad de ejecuciones extrajudiciales con intervención de civiles.

-También se priorizó las solicitudes relacionadas con las estructuras del Bloque Norte de las AUC y las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá.

 

Bogotá, 07 de febrero de 2020.  La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas estableció que el estudio de las solicitudes de sometimiento de terceros y agentes del Estado diferentes a miembros de la fuerza pública serán agrupadas según el contexto de estructuras y los patrones de macrocriminalidad con las que estén relacionados.

Conozca la resolución en la que se tomó esta decisión

Conozca el anexo de esta resolución

Dentro de estas agrupaciones, la Sala priorizó la investigación y procesamiento de solicitudes relacionadas con el Bloque Norte de las AUC y con las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá. También priorizó el patrón de macrocriminalidad  de ejecuciones extrajudiciales con intervención de civiles.

Con esto se busca adoptar criterios de descongestión, con el  fin de asegurar el funcionamiento eficiente, eficaz y célere de la JEP y evitar que las conductas más graves y representativas queden impunes. Esto también permitirá centrar los esfuerzos en la investigación penal de los máximos responsables de los delitos más graves y representativos del conflicto armado.

Dentro del grupo del Bloque Norte se estudiarán las solicitudes de sometimientos de Javier Alfredo Valle Anaya, Erlin Hernán Ortega Herrera, Alfredo Alberto Barreneche Aaron, Eduardo Enrique Dávila Armenta, Pedro Mary Mauvdi Aranguena, Eduar López Tinoco, Luis Rafael Páez Zambrano, Enilse del Rosario López Romero, Wendy Vanesa Alfonso López, Jorge Luis Alfonso López y Félix Manuel Díaz Bobadilla.

Dentro del grupo de Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá se evaluará las solicitudes de sometimiento de Benito Antonio Osorio Villadiego, Víctor Hugo Hernández Pérez, Héctor Duque Echeverry, Marco Fidel Furnieles Salgado, Deyanira Mejía Nisperuza, Zulema del Carmen Jattin Corrales, Jorge Aníbal Visbal Martelo, Rafael Antonio García Garay, Manuel Darío Ávila Peralta, Benito Molina Laverde, Rafael Guillermo Álvarez Domínguez y Jaime Augusto García Exbrayat.

Finalmente, dentro del patrón de ejecuciones extrajudiciales con intervención de civiles se estudiará el sometimiento de Andrés Gregorio Pacheco Hernández, Erick José Beltrán Benavidez, Luis Ángel Sánchez Méndez, Alexander Carretero Díaz, Andrés Rafael Corrales, Miguel Fernando Ramírez, Juan Carlos Arenas Huertas, Luis Nolberto Serna, Robinson Eustaquio Barboza Almanza, Diego de Jesús Gómez Hernández, Diego Leandro Marín Moreano, Jhon Jairo Pabón Vega, Pablo Enrique Mejía Vásquez, Rodrigo Molina Prieto, Jimmy Oswaldo Marín Moreano, Benjamín Rodríguez, Adelson Mosquera Mosquera, Daniel Caballero Rozo, Jarrison Sierra Delgado y Jonathan Andrés Coronado Prada.

A la fecha la JEP ha aceptado el sometimiento de los siguientes terceros y agentes del Estado:

  • Álvaro Ashton, exsenador
  • David Char, exsenador
  • Ramiro Suarez Corzo, exalcalde de Cúcuta
  • Musa Besaile Fayad, exsenador
  • Rubén Darío Ruiz Berrío, ex personero de El Castillo (Meta)
  • Magally Yaneth Moreno Vera, ex funcionaria de la Fiscalía, seccional Cúcuta
  • Héctor Hidaldo Cabrera, ex agente de inteligencia de la Brigada XX del Ejército
  • Barry Becerra Villalba, reclutador de 'falsos positivos'
  • Jaime Alexander Romero Vargas, ex funcionario del DAS Casanare
  • Jaime Blanco Maya, empresario.
  • Mario Zuluaga Espinal, exintegrante las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá.

​Sometimiento de agentes de Estado no miembros de la fuerza pública y civiles en la JEP

Tal y como lo dispuso la Corte Constitucional, los agentes de Estado y civiles solo se someten ante la JEP de manera voluntaria. A su vez, la Sección de Apelación de la JEP estableció que los agentes de Estado, en la solicitud de su sometimiento, deben firmar el acta y además deben presentar ante la Sala de Definición un programa de aporte a la verdad, concreto y claro. Una vez la Sala estudie dicho programa, definirá si acepta o no el sometimiento del agente de Estado o civil.

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