COMUNICADO 141 de 2020

 

​Con medidas cautelares la JEP protege más de 400 víctimas de desaparición forzada en el cementerio de Puerto Berrío​

 

  • La Jurisdicción prohibió las exhumaciones e inhumaciones en 352 puntos de interés forense. Además, ordenó al Personero Municipal realizar una campaña de sensibilización con el fin de evitar prácticas culturales que destruyan el rastro de los desaparecidos.
 
Bogotá, 19 de octubre de 2020. La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad de la JEP, a través del Auto AI 023, decretó medidas cautelares que buscan proteger los cuerpos de más de 400 víctimas de desaparición forzada que se encontrarían en el cementerio La Dolorosa de Puerto Berrío (Antioquia).
 
Tras un minucioso trabajo del equipo técnico forense de la JEP, los magistrados concluyeron que la práctica de exhumaciones irregulares, la adopción de cuerpos no identificados por parte de la comunidad y los factores de riesgo ambientales amenazan la posibilidad de recuperarlos y entregarlos de manera digna a sus familias.
 
A partir de estos hallazgos, la Sección identificó 352 puntos de interés forense, 5 osarios comunes y una celda de custodia donde se encuentran al menos 42 cuerpos exhumados ilegalmente por la parroquia Nuestra Señora de los Dolores. Por ello, la JEP le prohibió, en su calidad de administrador, exhumar o inhumar cuerpos en varias zonas del cementerio.
 
Entre las medidas que tomaron los magistrados se ordenó al Alcalde municipal realizar el encerramiento perimetral del cementerio y al Personero del municipio que realice campañas de sensibilización, con el fin de evitar prácticas culturales que destruyan el rastro de los desaparecidos.
 
Además, se ordenó clausurar los cinco osarios comunes donde se encuentran revueltos cuerpos no identificados exhumados de manera irregular, hasta tanto la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), la Fiscalía General o la JEP ordenen la recuperación de los cuerpos.
 
La Sección, por su parte, realizará una inspección judicial con el fin de recibir los cuerpos que presentan el mayor nivel de amenaza y que fueron ubicados por la parroquia en una “celda de custodia" que no reúne los requerimientos técnicos para la conservación y cuidado de restos óseos. 
 
“Es necesario adoptar medidas cautelares urgentes para proteger los lugares donde se ha evidenciado que existe presuntamente cuerpos no identificados de víctimas del conflicto en riesgo (...) y que sin lugar a dudas constituyen además de un significado moral y espiritual para los familiares de las víctimas, evidencias o medios de prueba de los delitos que sobre sus familiares se hayan perpetrado", concluyen los magistrados en el Auto.
 
La medida cautelar adoptada en Puerto Berrío, y que fue solicitada por el MOVICE y el Colectivo Orlando Fals Borda, requiere una acción articulada entre la Jurisdicción Especial para la Paz y la UBPD, que trabajan por la satisfacción integral de los derechos de las personas que buscan a sus seres queridos.