Crece respaldo de organizaciones sociales y de derechos humanos a la JEP


La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes) se unió hoy a las voces de respaldo al trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Codhes reclamó respeto por la autonomía de la JEP como institución que busca, con sus decisiones, restaurar a las víctimas del conflicto armado y consolidar una paz estable duradera.

 

En un comunicado, la organización expresó que "la JEP debe contar con los mecanismos adecuados y necesarios para cumplir con su mandato de satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia; ofrecer verdad a la sociedad colombiana; proteger los derechos de las víctimas; contribuir al logro de una paz estable y duradera; y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta".

 

Así mismo, hizo un llamado para que las instituciones del Estado opten por un ejercicio armónico para hacer más eficiente el aparato estatal y satisfacer las necesidades de los ciudadanos, "pero sin inmiscuirse ni extralimitarse en las competencias propias de cada órgano asignadas de manera expresa en la Constitución".

 

Con CODHES, ya son nueve las organizaciones sociales y defensoras de Derechos Humanos que han hecho expreso su respaldo a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) como institución garante para consolidar los derechos de las víctimas y brindarle seguridad jurídica a los comparecientes ante el tribunal.

 

Entre las organizaciones que han respaldado a la JEP esta semana están, además, CREDHOS, Corporación Reiniciar, Grupo de Víctimas del Nogal, El Movimiento de Mujeres de Cartagena y Bolívar, MOVICE, Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH), Forjando Futuros y la Asociación Minga.

 

A las voces de esas organizaciones se unieron las del sacerdote Francisco De Roux, presidente de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, y la del presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Luis Barceló. De Roux y Barceló intervinieron en Cartagena en un foro convocado por la Procuraduría General de la Nación.

 

El siguiente es el comunicado de CODHES:  

 

COMUNICADO

CODHES RESPALDA EL EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN PARA LA PAZ EN COLOMBIA

 

La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento – CODHES – manifiesta su respaldo general a la Jurisdicción Especial de Paz, JEP. A raíz de la reciente discrepancia entre la Fiscalía General de la Nación y el Tribunal Especial de Paz, respecto a la aplicación de medidas de suspensión en el marco de los procesos de extradición, CODHES pone a consideración de la opinión pública los siguientes elementos:

 

1. Recordamos que el Tribunal Especial de Paz hace parte del componente judicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) y es el órgano de cierre y la máxima instancia de la JEP. Por ello, le son aplicables las garantías de autonomía e independencia, garantías que han sido reconocidas como condición esencial y necesaria para el correcto cumplimiento de la misión constitucional de los órganos judiciales. En ese sentido, estas son garantías en favor de los funcionarios judiciales para que ejerzan sus funciones sin sujeción a la posible influencia en sus fallos de sus homólogos, superiores o de otras ramas del poder público. Además, es un principio del Estado social de derecho inspirado en la democracia, que debe servir como un refuerzo del principio de legalidad y debe otorgar a los sujetos procesales y la sociedad en general seguridad jurídica.

 

2. En ese sentido la JEP debe contar con los mecanismos adecuados y necesarios para cumplir con su mandato de satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia; ofrecer verdad a la sociedad colombiana; proteger los derechos de las víctimas; contribuir al logro de una paz estable y duradera; y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta.

 

3. Como máxima instancia y tribunal de cierre de la JEP, el Tribunal Especial de Paz es el encargado de definir los alcances de las normas aplicables a las personas sometidas a su jurisdicción en el marco del Acto Legislativo 01 de 2017. De esta manera debe conocer de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al 10 de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, por quienes participaron en el mismo, en especial respecto a conductas consideradas graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones de los Derechos Humanos. Lo anterior incluye la aplicación de la garantía de no extradición contemplada en el artículo 19 del Acto Legislativo 01 de 2017, razón por la que se le confió la tarea de evaluar "la conducta atribuida para determinar la fecha precisa de su realización y decidir el procedimiento apropiado" cuando se alegue que la conducta atribuida a un integrante de las FARC-EP en la solicitud de extradición hubiere ocurrido con posterioridad a la firma del Acuerdo.

 

Con estas consideraciones, CODHES llama a las demás instituciones del Estado a aplicar los deberes de colaboración armónica entre instituciones para hacer más eficiente el aparato estatal y satisfacer las necesidades de los ciudadanos, pero sin inmiscuirse ni extralimitarse en las competencias propias de cada órgano asignadas de manera expresa en la Constitución. 

 

CODHES invita a que, frente a las diferencias sobre la interpretación y alcance de las normas, se acuda a los mecanismos procesales pertinentes y no a la descalificación pública. 

 

CODHES llama a considerar que, en la aplicación de las normas constitucionales del Estado, debe optarse por una interpretación sistemática e integral que permita la vigencia de los derechos fundamentales de las personas.

 

CODHES considera pertinente el Acto Legislativo 01 de 2017 implica la inclusión de elementos sui generis al proceso de extradición de nacionales no sólo porque introduce una garantía para las personas solicitadas en extradición que hayan suscrito el Acuerdo de Paz, sino especialmente porque el procedimiento de extradición tiene un impacto directo en las garantías de los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad y la reparación. Experiencias anteriores han evidenciado que cuando no se toman las salvaguardas pertinentes y adecuadas, los procesos de extradición pueden llevar al desconocimiento de los derechos de las víctimas al no asegurar la adecuada comparecencia de los presuntos responsables de violaciones a los derechos humanos, lo que provoca una nueva re victimización por parte del Estado. 

 

CODHES considera que debe dársele aplicación preferente a los derechos de las víctimas, incluso en el ejercicio de acciones facultativas del Gobierno nacional, como es el caso de la extradición.

 

Finalmente, CODHES considera que la aplicación de medidas cautelares por parte de la JEP es una potestad necesaria para salvaguardar los derechos constitucionales y asegurar que una eventual decisión de fondo del Tribunal de Paz no resulte inocua. 

 

Bogotá 24 de mayo de 2018