​​​​​​​Comunicado 014 de 2020 ​​


General (r) Mario Montoya rin​de versión ante la JEP
 

  • La versión, que se llevará acabo entre el 12 y el 14 de febrero, será reservada y contará con la participación y presencia de 41 víctimas y 15 representantes judiciales.
  • ​​La JEP ordenó la comparecencia del general (r) Montoya Uribe ya que ha sido comprometido en varios informes allegados a la JEP y en, por lo menos, 11 versiones rendidas por miembros de la fuerza pública dentro del caso 03.

 Bogotá, 11 de febrero de 2020.  Este miércoles 12 de febrero, el general (R) Mario Montoya Uribe, excomandante del Ejército Nacional de Colombia, por primera vez rendirá versión ante la Jurisdicción Especial para la Paz.

Esta etapa inicial de su comparecencia ante la JEP se da luego de que la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas lo citó dentro del Caso 03, sobre 'Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate'.

El general (r) Mario Montoya Uribe firmó acta de sometimiento ante la JEP el 17 de octubre de 2018. La versión, que se llevará acabo entre el 12 y el 14 de febrero, será reservada y contará con la participación y presencia de 41 víctimas y 15 representantes judiciales.

La JEP ordenó la comparecencia del general (r) Montoya Uribe, ya que ha sido comprometido en varios informes allegados a la JEP y en, por lo menos, 11 versiones rendidas por miembros de la fuerza pública dentro del caso 03. Además, las organizaciones de víctimas solicitaron a la JEP llamar a versión al general en retiro.

El artículo 79 de la Ley Estatutaria 1957 de 2019 señala que “cuando una persona hubiere sido comprometida en un informe o declaración de reconocimiento, la Sala la notificará para darle la oportunidad de rendir su versión de los hechos. Al rendirla, la persona podrá hacer un reconocimiento de verdad y responsabilidad o negar los hechos o aducir que carecen de relación con el conflicto".

En su momento, la Sala de Reconocimiento puso a disposición de Montoya Uribe los informes y las versiones en las que ha sido nombrado.

En las versiones ante la JEP los comparecientes están obligados a aportar verdad plena, que significa: “relatar, cuando se disponga de los elementos para ello, de manera exhaustiva y detallada las conductas cometidas y las circunstancias de su comisión, así como las informaciones necesarias y suficientes para atribuir responsabilidades, para así garantizar la satisfacción de los derechos de las víctimas a la reparación y a la no repetición. El deber de aportar verdad no implica la obligación de aceptar responsabilidades" (artículo 20 de la Ley 1957 de 2019, Ley Estatutaria de la JEP).

La versión en la JEP es la primera etapa de contribución a la verdad de los comparecientes. Quienes no contribuyan con la verdad plena, irán a un juicio adversarial en el Tribunal de la JEP y si se les encuentra responsables de graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario, podrán ser condenados hasta con 20 años de cárcel.

Durante la diligencia de versión, y cuando se estime pertinente, los abogados de las víctimas acreditadas en el caso 03 que hagan presencia podrán preguntarle al compareciente sobre los temas tratados.

Las víctimas que estarán presentes y los abogados hacen parte de organizaciones como Las Madres de los Falsos Positivos de Soacha, la Comisión Colombiana de Juristas, Humanidad Vigente, Corporación Jurídica Libertad, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Javier Villegas Posada Asociados, Asociación Minga, la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.

Caso 03 en la JEP

Dentro del caso 03, conocido también como el de “falsos positivos" (abierto el 17 de julio de 2018), se han priorizado seis territorios del país: Cesar, Antioquia, Catatumbo (Norte de Santander), Casanare, Meta y Huila.

Los magistrados de la JEP han abordado hechos cometidos por integrantes de ocho unidades militares: en Cesar, el Batallón Artillería no.2 “La Popa"; en Antioquia, el Batallón de Artillería no. 4 “CR Jorge Eduardo Sánchez"; en Catatumbo, la Brigada Móvil no. 15 y el Batallón de Infantería no. 15 “General Santander"; en Casanare, la Decimosexta Brigada; en Meta, el Batallón de Infantería no. 21 “Batalla del Pantano de Vargas"; en Huila el Batallón de Infantería no. 27 “Magdalena" y la Brigada 11 en Dabeiba.

La Fiscalía General de la Nación identifica un total de 2.248 víctimas de “ejecuciones extrajudiciales" entre 1988 y 2014, de las cuales el 48 por ciento fueron hombres jóvenes entre los 18 y 30 años. Según el informe de la Fiscalía presentado a la JEP, el fenómeno allí descrito aumentó de manera sustancial a partir del año 2002 y tuvo su etapa más crítica entre 2006 y 2008, involucrando, presuntamente, personas con posiciones de mando y altos rangos que pudieron haber tenido un rol determinante en los hechos.

Avances del caso 03 en la JEP

En el caso 03 ya han rendido versión otros tres generales del Ejército Nacional: el general en retiro Paulino Coronado, excomandante de la Brigada 30; el general Miguel David Bastidas, exsegundo comandante del Batallón de Artillería No. 4 “Jorge Eduardo Sánchez" (Bajes) y el general (r) Henry Torres Escalante, excomandante de la Brigada 16.

Dentro de este mismo caso, la Sala de Reconocimiento de la JEP también ordenó las versiones de otros cuatro generales: Mauricio Zabala Cardona y Adolfo Hernández Martínez, actualmente activos; y del general en retiro Carlos Saavedra, excomandante de la Segunda División del Ejército y del general en retiro Guillermo Quiñonez Quiroz, excomandante de la IV División del Ejército.

A la fecha, en el caso 03 se han realizado 215 versiones, 169 versiones orales y 46 escritas. Además de los tres generales que ya están compareciendo ante la JEP, han rendido versión 51 soldados, 38 suboficiales, 32 oficiales subalternos (subtenientes, tenientes y capitanes), 10 oficiales con rango de Mayor y 7 de rango de Coronel.

Las versiones rendidas ante la JEP han sido puestas a disposición de las 380 víctimas que se han acreditado en el caso, para sus observaciones y solicitud de práctica de pruebas.