​​comunicado 066 de 2021

La JEP escuchará en audiencia pública a la comunidad indígena de San Lorenzo (Caldas)



- La diligencia judicial que ordenó la Sección de Ausencia de Reconocimiento se llevará a cabo el 16 y 17 de junio, en el marco del estudio de medidas cautelares para proteger posibles lugares de inhumación de víctimas de desaparición forzada. 


Bogotá, 16 de junio de 2021. La Jurisdicción Especial para la Paz avanza en la protección de posibles lugares de inhumación de víctimas de desaparición forzada que se hallarían en 18 puntos de interés forense identificados por la comunidad y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) en el resguardo indígena de San Lorenzo, ubicado en zona rural de los municipios de Riosucio y Supía, en Caldas. 

En el marco del estudio de las medidas cautelares que adelanta la JEP, la Sección de Ausencia de Reconocimiento decidió —a través del Auto AT-074 de 2021— convocar una audiencia pública el próximo 16 y 17 de junio en el Centro de Pensamiento del cabildo indígena con el fin de recaudar más información sobre el universo de personas desaparecidas que se podrían hallar en los lugares identificados en el territorio. 

La Sección se trazó cuatro objetivos: 1) Escuchar a los miembros de la comunidad indígena que solicitaron las medidas de protección. 2) Escuchar a las instituciones sobre las acciones realizadas o proyectadas para la protección de estos lugares. 3) Precisar los riesgos que se ciernen sobre los lugares de posible inhumación identificados en el territorio indígena de San Lorenzo y 4) socializar la información disponible, actualizarla o complementarla. 

Entre las entidades convocadas por los magistrados, que sesionarán desde el territorio, están: el Cabildo Indígena de San Lorenzo, el Consejo Regional Indígena de Caldas (Cridec), EQUITAS, la Parroquia de San Lorenzo, el Ministerio del Interior, la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas, la Gobernación de Caldas, las alcaldías y personerías de Riosucio y Supía, la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas. 

“El principio de centralidad de los derechos de las víctimas y el enfoque restaurativo que rigen a esta Jurisdicción, así como el ‘enfoque territorial rural y urbano, de género y étnico en beneficio de quienes sufren las violencias’ llevan a la JEP a escuchar directamente a las víctimas e interesados en un diálogo abierto, previo a la adopción de decisiones destinadas a garantizar tales derechos”, advierte la Sección. 

Para la JEP es un deber y un compromiso garantizar los derechos de las víctimas. Esto significa que para conocer las afectaciones que les causó el conflicto es necesaria su participación en los escenarios judiciales en los que sus intereses se puedan ver involucrados. En desarrollo del trámite de medidas cautelares, la Sección ha identificado un número importante de personas desaparecidas en el marco del conflicto armado, en hechos ocurridos especialmente durante los años 80 y 90. 

Las medidas cautelares son aquellas disposiciones judiciales para que, de manera pronta y efectiva, las autoridades competentes den respuesta para proteger los derechos a la vida, integridad y otros, frente a la vulneración real o potencial de esos derechos.