La UIA y los pueblos indígenas, acuerdan mecanismos para el ejercicio de la investigación de delitos en el marco del conflicto.

 

Bogotá, 22 de mayo de 2019 (@UIA_JEP).  A lo largo de 15 días,  la Unidad de Investigación y Acusación, UIA, participó en extensas jornadas de concertación y diálogo con delegados y representantes de los pueblos indígenas,   que permitieron definir el protocolo que fija las pautas  a seguir en el ejercicio de las funciones investigativas de la UIA, el relacionamiento con autoridades indígenas, recaudo de material probatorio y el ingreso a territorios ancestrales respetando sus usos y costumbres, entre otros temas.

 

El documento acordado se denomina "Protocolo de Coordinación, Articulación Interjurisdiccional y Diálogo Intercultural entre la JEI – Jurisdicción Especial Indígena y JEP – Jurisdicción Especial para la Paz."

 

En este espacio, la UIA, destacó las propuestas innovadoras en temas de protección, participación y acceso a la justicia para la garantía de los derechos de las víctimas indígenas.

 

"La UIA respetará el diálogo horizontal y las facultades jurisdiccionales de las autoridades indígenas, así como la implementación de la ruta metodológica de trabajo que se establezca para adelantar las acciones de investigación", precisó el director de la Unidad de Investigación y Acusación, Giovanni Álvarez Santoyo.

 

Agregó el director que, "el trabajo coordinado que se estableció con los pueblos indígenas para realizar diligencias judiciales en sus territorios deberá hacerse con la autoridad indígena del respectivo pueblo para que se respeten las leyes de origen natural, la palabra de vida y el Derecho Mayor o Derecho Propio de los Pueblos Indígenas, previa evaluación de los riesgos que implica el ingreso a estos territorios".

 

Acerca de UIA-JEP

La Unidad de Investigación y Acusación es el órgano de la JEP encargado de las investigaciones y del ejercicio de la acción penal cuando los presuntos autores individuales o colectivos de graves violaciones a los derechos humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario no reconocen verdad plena o responsabilidad.

 

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