comunicado 84
JEP
convoca a audiencia de verificación para corroborar si 12 exintegrantes
de la fuerza pública cumplen con las condiciones para emitir sentencia
por asesinatos y desapariciones forzadas en la
Costa Caribe
- La
audiencia, que se realizará los días 23, 24 y 25 de julio en
Valledupar, Cesar, hace parte de la etapa de juicio del Subcaso Costa
Caribe del Caso 03, sobre asesinatos y desapariciones forzadas
ilegítimamente presentados como bajas en combate por agentes del Estado.
- A
esta diligencia, la Sección de Reconocimiento de Verdad convocó a 12
exintegrantes del Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’, quienes
reconocieron su responsabilidad en el asesinato y la desaparición de 135
personas presentadas falsamente como bajas en combate entre enero de
2002 y julio de 2005, en Cesar y La Guajira.
- Las
víctimas, las autoridades étnicas y los comparecientes se encontrarán
en un escenario público, después de haber transitado por el proceso
dialógico y restaurativo.
- En la
diligencia, la magistratura verificará si se cumplieron las condiciones
de contribución a la verdad y las formas de reparación, como paso previo
para emitir las sentencias con sus respectivas Sanciones Propias, de
tal manera que estas sean viables, monitoreables y sostenibles.
- Esta
diligencia hace parte de la etapa de juicio en la que el Tribunal para
la Paz se asegura de que la sentencia proteja los derechos de las
víctimas, ofrezca seguridad jurídica a los comparecientes y cumpla con
los estándares internacional. Solo así podrá definir los TOAR (Trabajos,
Obras y Actividades con contenido Reparador-restaurador) que deberán
realizar como parte de su sanción.
- El
cumplimiento de la Sanción Propia implica el concurso de las entidades
del orden nacional y territorial. Por eso, en el marco de esta audiencia
fueron convocadas entidades que tienen competencia en la garantía de
los 9 proyectos restaurativos priorizados durante el proceso dialógico y
restaurativo.
Bogotá, 11 de junio de 2025.
Como paso previo e indispensable para la emisión de la sentencia contra
12 máximos responsables, exintegrantes de la fuerza pública que han
aportado verdad y reconocido su responsabilidad en 135 asesinatos
falsamente presentados como bajas en combate en el Cesar y La Guajira,
la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SeRVR) de la
JEP convocó una audiencia pública los días 23, 24 y 25 de julio en
Valledupar, Cesar. Esta diligencia hace parte de la etapa de juicio
Subcaso Costa Caribe – Caso 03 sobre asesinatos y desapariciones
forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes
del Estado.
El objetivo de esta
audiencia será verificar si los imputados han cumplido con las
condiciones de contribución a la verdad y reparación, requisitos
indispensables para acceder a las sanciones propias contempladas en la
Ley 1922 de 2018 y en el artículo 92(e) de la Ley Estatutaria de la JEP.
En este espacio público, las víctimas, las autoridades étnicas y los
comparecientes se encontrarán nuevamente, tras haber recorrido un
proceso dialógico y restaurativo en el que se develaron los patrones
macrocriminales, se reconocieron los daños causados a las víctimas,
comunidades y Territorios, y se priorizaron los proyectos que podrían
ser incluidos como parte del componente reparador y restaurador de la
Sanción Propia.
La JEP avanza en
la definición de la situación jurídica de los máximos responsables que
han reconocido su participación en crímenes de guerra y de lesa
humanidad ante la Justicia Transicional Restaurativa. En este caso, se
trata de dos mayores, un teniente, dos subtenientes, dos sargentos
primero, un sargento viceprimero, un cabo tercero y tres soldados
profesionales. Antes de definir los TOAR (Trabajos, Obras y Actividades
con contenido Reparador-Restaurador) que deberán cumplir los
comparecientes como parte de su sanción, el tribunal se asegurará de que
la sentencia proteja los derechos de las víctimas, ofrezca seguridad
jurídica a las partes y cumpla con los estándares internacionales.
Además
de verificar las condiciones de contribución a la verdad y a la
reparación por parte de los antiguos miembros del Batallón de Artillería
No. 2 ‘La Popa’ —imputados como máximos responsables por el asesinato y
la desaparición de 135 personas presentadas falsamente como bajas en
combate entre enero de 2002 y julio de 2005 en los departamentos del
Cesar y La Guajira—, esta audiencia permitirá revisar el estado de
estructuración, viabilidad y pertinencia de los proyectos restaurativos a
los que se vincularán los comparecientes para el cumplimiento de su
sanción. El propósito: buscar que estas iniciativas sean viables,
sostenibles y contribuyan efectivamente a reparar y restaurar los daños
causados a las víctimas, las comunidades y los Territorios.
Los
proyectos priorizados durante el proceso judicial son: 1) El plan de
memorialización en la Costa Caribe. 2) El Parque Memorial Albeiro Flórez
Hernández y Édgar Beltrán Hurtado. 3) El ‘Centro de Armonización
Mildred Montero’ para el buen vivir de las familias del pueblo indígena
Kankuamo. 4) La Casa Cultural Nelson Enrique Romo Romero. 5) El Centro
Cultural Integral de la Memoria OMONAPA del Pueblo Wiwa. 6) Las casas
multipropósito Sanando Memorias, Reconstruyendo Vidas. 7) El proyecto
productivo multipropósito Sembradores de Amor y Paz; 8) El
fortalecimiento productivo rural y urbano en la Costa Caribe; y 9) el
mausoleo de la memoria y osarios a perpetuidad en Valledupar, Cesar.
Para
garantizar que lo expuesto se cumpla, la JEP convocó también la
participación de entidades del Gobierno Nacional y de la Justicia
Transicional, que contribuyen a la estructuración y evaluación de los
proyectos restaurativos que harán parte de las sanciones propias en
territorios del Caribe colombiano. Estas son: la Agencia para la
Reincorporación y la Normalización (ARN); los ministerios de Justicia,
del Interior, de Defensa y de las Culturas, las artes y los saberes; el
Departamento administrativo para la Prosperidad Social (DPS); la Unidad
para la Implementación del Acuerdo de Paz, el Centro Nacional de
Memoria Histórica (CNMH); el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA); la
Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD); la
Gobernación del Cesar; y la Alcaldía de Valledupar.
Previo
a la realización de esta diligencia, se realizarán dos espacios
preparatorios: el primero con las víctimas, autoridades étnicas y sus
representantes judiciales; el segundo, con los comparecientes y sus
representantes judiciales. Adicionalmente, se prevé un encuentro privado
entre víctimas y comparecientes el día anterior a la realización de la
audiencia como parte del proceso dialógico y restaurativo que lidera la
Jurisdicción. Todas las diligencias estarán acompañadas por el
Ministerio Público.
Esta
audiencia pública de verificación se convoca luego de que el Tribunal
para la Paz evaluara la correspondencia entre los siguientes factores
jurídicos: los hechos, las conductas reconocidas, las pruebas allegadas,
las calificaciones jurídicas, los responsables y las propuestas de
sanción; y analizará las condiciones de contribución a la verdad y a la
reparación.
Ante los sujetos
procesales e intervinientes especiales, la diligencia buscará verificar
el cumplimiento de las condiciones de contribución a la verdad y a la
reparación. Finalmente, una vez se agote esta etapa del juicio
dialógico, el paso siguiente será la emisión de la sentencia que
impondrá el Tribunal para la Paz.