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JEP convoca a audiencia de verificación para corroborar si 12 exintegrantes de la fuerza pública cumplen con las condiciones para emitir sentencia por asesinatos y desapariciones forzadas en la 
Costa Caribe

  • La audiencia, que se realizará los días 23, 24 y 25 de julio en Valledupar, Cesar, hace parte de la etapa de juicio del Subcaso Costa Caribe del Caso 03, sobre asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentados como bajas en combate por agentes del Estado.
  • A esta diligencia, la Sección de Reconocimiento de Verdad convocó a 12 exintegrantes del Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’, quienes reconocieron su responsabilidad en el asesinato y la desaparición de 135 personas presentadas falsamente como bajas en combate entre enero de 2002 y julio de 2005, en Cesar y La Guajira.
  • Las víctimas, las autoridades étnicas y los comparecientes se encontrarán en un escenario público, después de haber transitado por el proceso dialógico y restaurativo. 
  • En la diligencia, la magistratura verificará si se cumplieron las condiciones de contribución a la verdad y las formas de reparación, como paso previo para emitir las sentencias con sus respectivas Sanciones Propias, de tal manera que estas sean viables, monitoreables y sostenibles.
  • Esta diligencia hace parte de la etapa de juicio en la que el Tribunal para la Paz se asegura de que la sentencia proteja los derechos de las víctimas, ofrezca seguridad jurídica a los comparecientes y cumpla con los estándares internacional. Solo así podrá definir los TOAR (Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador-restaurador) que deberán realizar como parte de su sanción.
  • El cumplimiento de la Sanción Propia implica el concurso de las entidades del orden nacional y territorial. Por eso, en el marco de esta audiencia fueron convocadas entidades que tienen competencia en la garantía de los 9 proyectos restaurativos priorizados durante el proceso dialógico y restaurativo.

Bogotá, 11 de junio de 2025. Como paso previo e indispensable para la emisión de la sentencia contra 12 máximos responsables, exintegrantes de la fuerza pública que han aportado verdad y reconocido su responsabilidad en 135 asesinatos falsamente presentados como bajas en combate en el Cesar y La Guajira, la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SeRVR) de la JEP convocó una audiencia pública los días 23, 24 y 25 de julio en Valledupar, Cesar. Esta diligencia hace parte de la etapa de juicio Subcaso Costa Caribe – Caso 03 sobre asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado.


El objetivo de esta audiencia será verificar si los imputados han cumplido con las condiciones de contribución a la verdad y reparación, requisitos indispensables para acceder a las sanciones propias contempladas en la Ley 1922 de 2018 y en el artículo 92(e) de la Ley Estatutaria de la JEP. En este espacio público, las víctimas, las autoridades étnicas y los comparecientes se encontrarán nuevamente, tras haber recorrido un proceso dialógico y restaurativo en el que se develaron los patrones macrocriminales, se reconocieron los daños causados a las víctimas, comunidades y Territorios, y se priorizaron los proyectos que podrían ser incluidos como parte del componente reparador y restaurador de la Sanción Propia. 


La JEP avanza en la definición de la situación jurídica de los máximos responsables que han reconocido su participación en crímenes de guerra y de lesa humanidad ante la Justicia Transicional Restaurativa. En este caso, se trata de dos mayores, un teniente, dos subtenientes, dos sargentos primero, un sargento viceprimero, un cabo tercero y tres soldados profesionales. Antes de definir los TOAR (Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador-Restaurador) que deberán cumplir los comparecientes como parte de su sanción, el tribunal se asegurará de que la sentencia proteja los derechos de las víctimas, ofrezca seguridad jurídica a las partes y cumpla con los estándares internacionales.


Además de verificar las condiciones de contribución a la verdad y a la reparación por parte de los antiguos miembros del Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’ —imputados como máximos responsables por el asesinato y la desaparición de 135 personas presentadas falsamente como bajas en combate entre enero de 2002 y julio de 2005 en los departamentos del Cesar y La Guajira—, esta audiencia permitirá revisar el estado de estructuración, viabilidad y pertinencia de los proyectos restaurativos a los que se vincularán los comparecientes para el cumplimiento de su sanción. El propósito: buscar que estas iniciativas sean viables, sostenibles y contribuyan efectivamente a reparar y restaurar los daños causados a las víctimas, las comunidades y los Territorios. 


Los proyectos priorizados durante el proceso judicial son: 1) El plan de memorialización en la Costa Caribe. 2) El Parque Memorial Albeiro Flórez Hernández y Édgar Beltrán Hurtado. 3) El ‘Centro de Armonización Mildred Montero’ para el buen vivir de las familias del pueblo indígena Kankuamo. 4) La Casa Cultural Nelson Enrique Romo Romero. 5) El Centro Cultural Integral de la Memoria OMONAPA del Pueblo Wiwa. 6) Las casas multipropósito Sanando Memorias, Reconstruyendo Vidas. 7) El proyecto productivo multipropósito Sembradores de Amor y Paz; 8) El fortalecimiento productivo rural y urbano en la Costa Caribe; y 9) el mausoleo de la memoria y osarios a perpetuidad en Valledupar, Cesar.


Para garantizar que lo expuesto se cumpla, la JEP convocó también la participación de entidades del Gobierno Nacional y de la Justicia Transicional, que contribuyen a la estructuración y evaluación de los proyectos restaurativos que harán parte de las sanciones propias en territorios del Caribe colombiano. Estas son: la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN); los ministerios de Justicia, del Interior, de Defensa y de las Culturas, las artes y los saberes; el Departamento administrativo para la Prosperidad Social (DPS);  la Unidad para la Implementación del Acuerdo de Paz, el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH); el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA); la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD); la Gobernación del Cesar; y la Alcaldía de Valledupar. 


Previo a la realización de esta diligencia, se realizarán dos espacios preparatorios: el primero con las víctimas, autoridades étnicas y sus representantes judiciales; el segundo, con los comparecientes y sus representantes judiciales. Adicionalmente, se prevé un encuentro privado entre víctimas y comparecientes el día anterior a la realización de la audiencia como parte del proceso dialógico y restaurativo que lidera la Jurisdicción. Todas las diligencias estarán acompañadas por el Ministerio Público. 


Esta audiencia pública de verificación se convoca luego de que el Tribunal para la Paz evaluara la correspondencia entre los siguientes factores jurídicos: los hechos, las conductas reconocidas, las pruebas allegadas, las calificaciones jurídicas, los responsables y las propuestas de sanción; y analizará las condiciones de contribución a la verdad y a la reparación. 


Ante los sujetos procesales e intervinientes especiales, la diligencia buscará verificar el cumplimiento de las condiciones de contribución a la verdad y a la reparación. Finalmente, una vez se agote esta etapa del juicio dialógico, el paso siguiente será la emisión de la sentencia que impondrá el Tribunal para la Paz. 

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