​​COMUNICADO 137

La JEP reconoce a 104 hombres como víctimas de violencia sexual durante el conflicto armado

  • La acreditación como víctimas se realizó en el Subcaso 02 del Caso 11, y en el Subcaso Gran Magdalena ​del Caso 08, por hechos de violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado ocurridos entre 1998 y 2009 en Bolívar, Magdalena y Córdoba.
  • Al menos 35 de los hombres eran niños al momento de los hechos. Fueron sometidos a violencia sexual como mecanismo de castigo, humillación y control, en el marco de dinámicas de poder de género.
  • Esta acreditación permite visibilizar patrones, causas, consecuencias e impactos diferenciados de la violencia sexual relacionada con el conflicto armado en hombres y niños, identificados en su mayoría como heterosexuales y cisgénero
  • La decisión se ajusta a estándares internacionales, que exigen el reconocimiento, protección y participación efectiva de todas las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, sin distinción de sexo, identidad de género u orientación sexual.
Bogotá, 2 de septiembre de 2025. La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP reconoció a 104 hombres como víctimas de violencia sexual cometida en el contexto del conflicto armado, en hechos perpetrados por grupos paramilitares con la posible tolerancia de integrantes de la fuerza pública. La acreditación se realizó en el Subcaso 02 del Caso 11, que investiga violencias de género cometidas por la fuerza pública contra civiles, y en el Subcaso Gran Magdalena del Caso 08, que aborda crímenes perpetrados por la fuerza pública y otros agentes del Estado en asociación con grupos paramilitares y/o terceros civiles.
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Los hechos de violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado ocurrieron entre 1998 y 2009 en los departamentos de Bolívar, Magdalena y Córdoba. De los 104 hombres acreditados, 35 eran menores de edad al momento de los hechos y fueron sometidos a actos de violencia sexual que fueron utilizados deliberadamente como mecanismos de castigo, humillación y control, enmarcados en dinámicas de poder de género. De ellos, 19 tenían entre cinco y 14 años, y 16 eran adolescentes de 13 a 18 años.

Esta decisión marca un precedente histórico en Colombia y en el ámbito internacional de la justicia transicional, al visibilizar de manera clara los patrones, las causas y los impactos específicos de la violencia sexual contra hombres y niños en el marco del conflicto armado. Los relatos incluidos en la solicitud de acreditación muestran cómo los grupos paramilitares operaban de manera coordinada: ejecutaban órdenes de ganaderos y realizaban acciones estratégicas para controlar territorios y vías fluviales, con el posible respaldo o la aquiescencia de miembros de la Infantería de Marina y de la Policía Nacional, en hechos que están siendo investigados por los subcasos. Estos hechos se concentraron en un periodo determinado, con un punto crítico en el año 2000, cuando se cometieron 50 de los crímenes documentados.
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La Sala de Reconocimiento de Verdad constató que muchas de las víctimas acreditadas por la JEP permanecieron en silencio durante años, por miedo, vergüenza y la ausencia de garantías institucionales estructurales. Como resultado, no denunciaron la violencia sexual sufrida; y, en los casos en que sí acudieron a instancias estatales, solo reportaron hechos como el desplazamiento forzado, omitiendo los abusos sexuales que padecieron durante el conflicto armado.

El magistrado Óscar Parra, relator del Subcaso 02 del Caso 11, y correlator del Subcaso Gran Magdalena del Caso 08, señaló que este reconocimiento representa un hito legal y social, al ampliar la comprensión institucional y pública sobre la violencia sexual en contextos de guerra. Destacó que este avance no habría sido posible “sin el valor de los hombres víctimas que, enfrentando las cargas culturales que imponen su silencio, decidieron relatar sus experiencias a la JEP y reclamar su derecho a participar”.

Para la magistratura de la JEP, la victimización sexual de hombres y niños —incluidos quienes se identifican como heterosexuales y cisgénero— constituye “una de las formas más silenciadas y poco reconocidas de violencia basada en género”, una realidad históricamente marginada en el reconocimiento de estas violencias en Colombia e incluso en el mundo.

La violencia sexual ejercida contra hombres, adolescentes y niños en el conflicto armado fue una forma específica de violencia basada en género, usada estratégicamente por actores armados para imponer control social, económico y territorial. Así lo concluyó la Sala de Reconocimiento de Verdad, que advierte cómo estas violencias atacaron la masculinidad de las víctimas mediante prácticas orientadas a humillar, someter y despojarlas de atributos socialmente asociados a la virilidad, reforzando un modelo de masculinidad hegemónica, dominante y violenta. 

Asimismo, la magistratura de la JEP reiteró que cualquier análisis sobre violencia sexual en el conflicto debe ser amplio, inclusivo y diferencial, reconociendo factores como el género, la orientación sexual, la identidad de género, la edad o la etnicidad que atraviesan las experiencias de las víctimas y sus comunidades. El reconocimiento de hombres, adolescentes y niños —incluidos heterosexuales y cisgénero— amplía los enfoques de género e interseccionales y fortalece el carácter transformador, incluyente y reparador que guía el mandato de esta Jurisdicción.

La Sala de Reconocimiento de Verdad destacó la valentía y determinación de las víctimas y agradeció el acompañamiento de la organización All Survivors Project en el proceso de acreditación. Subrayó que este avance no habría sido posible sin quienes, pese a la violencia, los años de silencio, el miedo y la estigmatización, decidieron alzar su voz y persistir en la búsqueda de la verdad y la justicia. Su decisión representa una contribución esencial para la construcción de un país más inclusivo, comprometido con la memoria, el reconocimiento y la no repetición.
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En contexto
El Caso 11 investiga hechos de violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva y crímenes motivados por prejuicio cometidos por distintos actores armados en contra de la población civil. Está dividido en tres subcasos: 

  • Subcaso 1: a cargo del despacho de la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, que investiga crímenes perpetrados por miembros de la extinta guerrilla de las Farc-EP contra personas civiles.
  • Subcaso 2: a cargo del despacho del magistrado Óscar Parra Vera, que analiza crímenes cometidos por integrantes de la fuerza pública contra personas civiles.
  • Subcaso 3: a cargo del despacho de la magistrada Lily Rueda Guzmán, que aborda hechos atribuibles tanto a exintegrantes de las Farc-EP como a miembros de la fuerza pública, cometidos al interior de sus propias filas.

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