Genocidio contra el partido político
Unión Patriótica

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Caso 06

Genocidio contra el partido político
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La JEP califica el ataque contra la Unión Patriótica (UP) como Genocidio e imputa responsabilidad penal a cinco altos mandos retirados del Ejército

Bogotá, 9 de diciembre de 2025. Por concebir e implementar una política contrainsurgente que entendió que la derrota militar de la guerrilla de las Farc-EP implicaba necesariamente la destrucción del partido político de la Unión Patriótica, la JEP imputó como máximos responsables del crimen de genocidio a título de coautores, al mayor general (r) Iván Ramírez Quintero, al brigadier general (r) Rito Alejo del Río Rojas y a los tenientes coroneles (r) Jorge Luis Mejía Rosas, Eduardo León Figueroa Cifuentes y Manuel José Pérez Pérez.

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¿En qué va el Caso 06?

A junio de 2025 se han acreditado 560 víctimas, entre ellas 5 sujetos colectivos: el Partido Unión Patriótica (UP), el sindicato Sintramienergética, el Partido Comunista Colombiano (PCC), la agremiación Central Nacional Provivienda (CENAPROV) y la Alianza de Sobrevivientes de la UP Huila - SUR.

En octubre de 2019, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad desarrollaron, en un ejercicio inédito, jornadas de escucha a víctimas de la Unión Patriótica en el exilio.

En Ginebra, ambas entidades recibieron 16 informes orales y testimonios de víctimas y sobrevivientes que hoy viven en España, Portugal, Suiza, Bélgica, Grecia, Suecia y Noruega. Estos relatos dieron cuenta de los hechos, su contexto, las consecuencias e impactos, así como de las demandas de las víctimas en torno a la verdad y la justicia.

Otras sesiones de escucha conjunta se realizaron en Canadá y en Buenos Aires, Argentina. En total, en este ejercicio con la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad se recibieron 29 informes mixtos.

Las víctimas de la UP entrevistadas en el exilio tuvieron que salir de Colombia entre 1987 y 2004. Con estas jornadas se busca reconocer su dignidad y garantizar el ejercicio de su derecho a la verdad y a la justicia, en el marco del trabajo independiente del Sistema Integral para la Paz. 

Desde octubre de 2024 hasta la fecha, la instrucción conjunta de los casos 06 y 08 ha practicado 12 diligencias de versión voluntaria.


Presuntos responsables

En función de la concentración de los crímenes en períodos temporales y territorios críticos y del potencial ilustrativo de estos hitos espacio-temporales respecto del patrón de macrocriminalidad, la Sala de Reconocimiento decidió concentrar la investigación en las siguientes zonas y periodos:

  • 1) Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño, entre 1985 y 1993. Son investigados algunos exmiembros de la Brigada XIV del Ejército: el Batallón de Infantería No. 3 ‘Batalla de Bárbula’ y el Batallón de Infantería No. 42 ‘Batalla de Bomboná’.
  • 2) Ariari Guayabero y piedemonte llanero entre 1985 y 1993 y, entre 1999 y 2006. Se investiga a comparecientes que pertenecieron al Batallón de Infantería No. 21 ‘Batalla Pantano de Vargas’, adscrito a la VII Brigada del Ejército.
  • 3) Cundinamarca y Sumapaz entre 1991 y 2001. Se investiga a miembros del Departamento de Policía de Cundinamarca y del Batallón de Artillería No. 13 ‘General Fernando Landazábal Reyes’, de la Brigada XIII del Ejército.
  • 4) El municipio de Apartadó en Urabá entre abril y diciembre de 1996. Se investiga a comparecientes de la Brigada XVII del Ejército: el Batallón de Infantería No. 47 ‘Francisco de Paula Vélez’ y el Batallón de Contraguerrilla No. 35. La delimitación espacio-temporal de esta situación de violencia obedece al trabajo conjunto que sobre la región de Urabá realizan los despachos que lideran los casos 06 (Genocidio contra el partido político UP) y 04 (caso territorial Urabá). Los crímenes cometidos en contra de militantes de la UP en otros municipios de la región urabaense y/o en otros periodos siguen bajo investigación en el marco del Caso 04.
  • 5) Tolima, entre 2003 y 2006. Son investigados algunos exintegrantes de la VI Brigada del Ejército: el Batallón de Infantería No. 16 ‘Patriotas’, el Batallón de Infantería No. 17 ‘General Domingo Caicedo’, el Batallón de Infantería No. 18 ‘Coronel Jaime Rook’, el Batallón de Contraguerrilla No. 6 ‘Pijao’; y exmiembros del Departamento de Policía del Tolima.
  • Además de las cinco regiones críticas priorizadas, la Sala identificó un conjunto de hechos ilustrativos de la participación de agentes estatales pertenecientes a los órganos de inteligencia civil y militar en connivencia con grupos paramilitares y oficinas de sicarios que ejecutaron crímenes contra la UP. Esos hechos no están concentrados en una sola región, sino que ocurrieron mayoritariamente en capitales departamentales durante el primer periodo de victimización. Los comparecientes asociados a estos hechos fueron integrantes del DAS, pertenecientes a la Dirección Nacional, a la Dirección de Orden Público y de Protección y a las seccionales departamentales de Antioquia y Santander. Adicionalmente, la Jurisdicción ha acogido a comparecientes provenientes del Comando Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia de la Brigada XX y de las secciones de inteligencia de las Brigadas XIII y XIV del Ejército.
  • Dentro de la investigación realizada por la Sala se evidenció que los comparecientes que pertenecieron al Departamento de Policía de Cundinamarca y al Batallón de Artillería No. 13 ‘General Fernando Landazábal Reyes’, de la Brigada XIII del Ejército, participaron en la victimización contra miembros de la UP sin asociarse con grupos criminales. Estos hechos pertenecen a la situación de violencia de Cundinamarca y Sumapaz, entre 1991 y 2001.

Cifras del caso

  • 0
    personas fueron asesinadas o desaparecidas en ataques dirigidos contra el partido político Unión Patriótica entre 1984 y 2016
  • 0
    fueron víctimas de homicidio
  • 0
    fueron desaparecidas forzadamente
  • 0
    víctimas reportadas por desplazamiento forzado

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Claves para entender el Caso 06