​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Tribunal Especial para la Paz

El Tribunal para la Paz está integrado por 20 magistrados y 4 amicus curiae. Estos últimos son terceros autorizados para participar en los procesos de la JEP, con el fin de ofrecer información o conceptos que brinden mayores elementos jurídicos para la resolución de un caso. Cumplen una función consultora con las salas y secciones.

Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad

Realizará juicios dialógicos, proferirá sentencias e impondrá sanciones propias a los acusados que reconozcan responsabilidad y aporten a la verdad.

Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad de los Hechos y Conductas

Realizará juicios adversariales cuando no haya reconocimiento de responsabilidad. Proferirá sentencias absolutorias o condenatorias. En las condenatorias, impondrá las sanciones alternativas u ordinarias, según corresponda.

Sección de Revisión de Sentencias

Excepcionalmente revisará las resoluciones o sentencias de la justicia ordinaria y dará trámite a las acciones de tutela. Estudia las solicitudes de garantía de no extradición contemplada en el Acuerdo Final de Paz.

Sección de Apelación

Órgano de cierre del Tribunal para la Paz. Decide sobre las peticiones de revocar, confirmar o modificar las sentencias y decisiones de las Secciones y las Salas.


Eventualmente, el Tribunal para la Paz podrá estar integrado por una quinta sección llamada de Estabilidad y Eficacia, que se encargará de garantizar el cumplimiento de las decisiones de la JEP cuando la misma cumpla con su límite temporal.