​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​¿Cómo me acredito como víctima en el Macrocaso 02 “Situación Territorial de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas"?


Picture 121.png     ​Foto de: Unidad Indígena Del Pueblo Awá (Unipa)



Breve contexto de este Macrocaso

 

El MACROCASO 02 se encarga de investigar las graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario en los territorios de TUMACO, RICAURTE Y BARBACOAS, que fueron cometidas por las FARC-EP, la Fuerza Pública y terceros (voluntariamente sometidos a la JEP) que sin ser parte de grupos armados cometieron delitos relacionados con el conflicto armado interno​ en el periodo comprendido entre 1990 y hasta antes del 1 de diciembre de 2016.

Estos son algunos datos clave del Macrocaso 02:​​

  1. Actores que se investigan: FARC-EP, Fuerza Pública y terceros (voluntariamente sometidos a la JEP).
  2. Periodo de investigación: 1990 hasta antes del 1 de diciembre de 2016.
  3. Municipios priorizados: Tumaco, Ricaurte y Barbacoas.
  4. Hechos a esclarecer: Graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, tales como: asesinatos, masacres, minas antipersonal (MAP) y municiones sin explotar (MUSE), violencia sexual, reclutamiento forzado, desaparición forzada, desplazamiento forzado, destrucciones socioambientales y territoriales.

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Foto de: Unidad Indígena Del Pueblo Awá (Unipa)​​​


Cualquier persona puede acreditarse como víctima individual o grupal ante la JEP en el Macrocaso 02, SI LOS HECHOS VICTIMIZANTES se cometieron en el territorio, tiempo y por los actores previamente señalados. A continuación, explicamos cómo hacerlo:

  1. Se debe presentar una manifestación expresa en la cual se informe el interés de acreditarse y participar en el proceso.
  2. Esta manifestación deberá contener: (i) identificación del solicitante; (ii) el relato de los hechos por los cuales se considera víctima del conflicto armado en el marco del Macrocaso 02; (iii) la fecha y el lugar donde ocurrieron los hechos; (iv) el presunto autor; y (v) toda la información que considere relevante acerca de lo sucedido.
  3. Aportar por lo menos una prueba sumaria de la victimización, tales como: (i) certificado de inscripción en el Registro Único de Víctimas (RUV), (ii) decisión judicial que reconozca su calidad de víctima, (iii) denuncia de los hechos victimizantes ante otra entidad o cualquier otro medio que le permita a la JEP comprobar que fue víctima de los hechos victimizantes reportados; (iv) en los casos en los que el solicitante no sea la víctima directa de los hechos violentos, es necesario aportar documentos que permitan evidenciar su parentesco o relación con la víctima directa, por ejemplo, el registro de nacimiento donde se señala el parentesco entre padres e hijas e hijos. ​

  4. Si se concede la acreditación, usted puede intervenir directamente o por intermedio de un abogado en el Macrocaso 02. Si su elección es hacerlo a través de un abogado puede postular un apoderado de confianza o, en caso de no tener recursos económicos para contratarlo, puede solicitar la designación de un abogado por parte de Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la JEP.
  5. Si el(los) hecho(s) victimizante(s) por el(los) cual(es) se solicita la acreditación como víctima en el caso 02 afectó a múltiples personas, cada una de ellas puede solicitar individualmente su acreditación o solicitar que la acreditación se genere en forma grupal. ​

  6. Los anteriores requisitos se encuentran señalados en el artículo 3 de la Ley 1922 de 2018.

    ​​​Si cumple con los requisitos mencionados y desea solicitar su acreditación como víctima individual dentro del Macrocaso 02, lo puede realizar de las siguientes formas:​

    ​(i) Diligencie en línea el Formulario de Solicitud de Acreditación y adjunte los documentos requeridos, dando clic en el botón azul.


    (ii) Descargue el formulario (aquí), imprímalo y diligéncielo a mano. Luego tómele una foto o escanéelo, y envíelo al correo electrónico info@jep.gov.covictimas.caso02@jep.gov.co. Adjuntando los documentos requeridos (Ver punto 3).


    (iii) Descargue el formulario (aquí), imprímalo, diligéncielo y envíelo junto con los  documentos requeridos (ver punto 3) a través de una empresa de correo certificado o entréguelos directamente en las oficinas de la JEP en Bogotá (Carrera 7 # 63-44, Bogotá). ​

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    Después de aportada la solicitud de acreditación, se realizará el siguiente proceso:


  7. ​​​El despacho emitirá una decisión judicial en la que se resuelve si la solicitud de acreditación cumple o no con los requisitos.
  8. Si se concede la acreditación usted tiene los siguientes derechos:
  • Participar en las instancias del proceso de acuerdo a lo establecido en la Ley.
  • Aportar pruebas, asistir a las diligencias e interponer recursos contra las decisiones que se profieran.
  • Recibir asesoría, orientación y representación judicial a través del Sistema Autónomo de Asesoria y Defensa de la JEP. 
  • Estar informado del avance de la investigación y del proceso.
  • Solicitar acompañamienyo psico-social.
  • Solicitar medidas de protección cuando advierta  que sus derechos fundamentales sean amenazados por participar ante la JEP.
  • Recibir copias del expediente.
  • Participar en la audiencia pública de reconocimiento.
  • Presentar observaciones sobre los proyectos de sanción propia presentados por los comparecientes

RECUERDE: LOS SUJETOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS ÉTNICOS DE ESTE MAC​ROCASO YA ESTÁN ACREDITADOS

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Si pertenece a los Pueblos Indígenas Awá y Eperara Siapiadaara de Nariño o al Pueblo Negro Afrocolombiano de los Consejos Comunitarios de Barbacoas y Tumaco, usted puede participar e intervenir en el marco del Caso 02, pues ESTÁ ACREDITAD@ DE MANERA COLECTIVA.

 

Si desea enviar información adicional acerca de los hechos victimizantes está a disposición el correo: info@jep.gov.co o victimas.caso02@jep.gov.co para enviar el formulario diligenciado o la información a poner en conocimiento.

 

 

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 Importante

Es importante tener en cuenta que la Sala Reconocimiento no investiga caso a caso, sino que se encarga de determinar patrones de macro-criminalidad, en los casos más graves y representativos, y se enfoca en los máximos responsables o partícipes determinantes (para mayor información puede consultar las sentencias C-080 de 2018 y C-674 de 2017.**)​

Haz c​lic aquí para consultar las normas de la JEP

la JEP no cobra por ningún trámite

y la acreditación es gratuita

La acreditación como víctima dentro del macrocaso 02 tiene como objetivo participar como interviniente especial, en ningún caso implicará el pago de indeminizaciones por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz.

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