COMUNICADO 19

JEP comunica decretos de amnistía a más de 9.600 firmantes del Acuerdo Final de Paz

  • Entre junio de 2017 y julio de 2018 el Estado colombiano amnistió a más de 9.600 integrantes de las extintas Farc-EP.
  • La amnistía ha sido un recurso legal y político, ampliamente utilizado en procesos de paz anteriores, que elimina la responsabilidad penal por los delitos políticos.
  • Los firmantes del Acuerdo Final de Paz que recibieron estos beneficios jurídicos están exentos de responsabilidades legales y pueden continuar sus vidas en la legalidad, convirtiéndose así en agentes activos en la construcción de un mejor país.
  • En un proceso de investigación que comenzó en septiembre de 2023, la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la JEP, en coordinación con otras entidades estatales y con el apoyo del (PNUD), recopilaron los nueve decretos presidenciales que conceden la amnistía.
  • La JEP habilitó una plataforma digital para que cada firmante del Acuerdo Final de Paz descargue, en formato PDF, el decreto presidencial donde se le concedió la amnistía.
  • La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) también comunicará directamente a los excombatientes que tienen estos beneficios legales.
  • La Sala de Amnistía o Indulto de la JEP viajará a los AETCR para comunicar personalmente a los firmantes del acuerdo que fueron cobijados por estas amnistías.
  • Que los antiguos integrantes de las extintas Farc-EP tengan claridad sobre su estatus legal, facilita su reincorporación a la sociedad, evita la congestión judicial y permite darle un enfoque más eficiente al trabajo de la JEP, dirigiendo sus esfuerzos hacia los casos más representativos en los que existen graves responsabilidades.

Bogotá, 21 de febrero de 2024. La JEP está comprometida con garantizar la seguridad jurídica a los y las comparecientes que son de su competencia. Ofrecer claridad sobre el estatus legal de los responsables que están sometidos ante esta Jurisdicción implica comunicar las decisiones adoptadas por el Estado cuando esta institución judicial transicional aún se encontraba en proceso de creación.


Entre junio de 2017 y julio de 2018, el Estado colombiano otorgó amnistías de iure a más de 9.600 exintegrantes de las Farc-EP por delitos políticos. En cumplimiento del Acuerdo Final de Paz, a través de nueve decretos presidenciales, se resolvió la situación jurídica de la gran mayoría de los integrantes de la extinta guerrilla.


Todas estas amnistías, concedidas por el Estado colombiano, solamente fueron otorgadas por delitos políticos. Aunque los beneficiados deben atender el llamado de la JEP y la UBPD, en caso de que se les requiera, aquellos que las recibieron y no tienen más deudas con la justicia están exentos de responsabilidades legales y pueden continuar su proceso de reincorporación, convirtiéndose así en agentes activos de la construcción de un mejor país.


Que los antiguos integrantes de las Farc-EP tengan claridad sobre su situación legal facilita su reincorporación a la sociedad, evita la congestión judicial y permite darle un enfoque más eficiente al trabajo de la JEP, focalizándose en los casos más representativos donde existen graves responsabilidades. Las amnistías son un instrumento acordado para cerrar el ciclo de violencia, atendiendo los estándares internacionales y sin impunidad.


En un proceso de investigación que comenzó en septiembre de 2023, la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP, en coordinación con la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, y con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se recopilaron los nueve decretos presidenciales que conceden la amnistía y que hoy, en un acto público, fueron comunicados a los firmantes del Acuerdo Final de Paz.


Bajo ese contexto, la JEP habilitó una plataforma digital para que los antiguos integrantes de las Farc-EP descarguen el decreto y el certificado de amnistía de iure. Con esta herramienta, cada uno de los firmantes podrá ingresar y descargar, en formato PDF, el decreto donde se le concedió la amnistía. Facilitar el acceso a esta información les brinda certeza sobre su situación legal y les permite construir sus vidas con confianza en el marco de la legalidad.


Para garantizar el derecho al habeas data de los firmantes, y dando aplicación a la restricción impuesta por el numeral primero del artículo 19 de la Ley 1820 de 2016, el listado con los nombres de los beneficiarios fue borrado del texto de los decretos. Cada firmante podrá descargar un certificado en el que consta que su nombre fue incluido en el respectivo decreto que lo beneficia.


Además de esta plataforma digital, la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP viajará a los Antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación para notificar personalmente a los firmantes del acuerdo que fueron cobijados por estas amnistías. La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) también comunicará directamente a quienes recibieron estos beneficios jurídicos. Además, la JEP se reunirá con todos los abogados de los antiguos firmantes para compartir esta información y atender sus inquietudes.


En el caso de los antiguos miembros de las exFarc-EP que no fueron amnistiados y no han sido seleccionados como máximos responsables de los graves crímenes, será la Sala de Amnistía o Indulto la que se encargue de definir su situación jurídica. Esta dependencia de la JEP se ocupa de los casos más difíciles. Es decir, aquellos en los que es necesario investigar en profundidad si el hecho victimizante puede ser amnistiable o no.

 
Los exintegrantes de las Farc-EP que aún se encuentren privados de la libertad por decisión de la justicia ordinaria, o que tengan procesos por delitos no políticos o conexos, continuarán con sus trámites ante la JEP y recibirán la comunicación del decreto en cumplimiento del Acuerdo Final de Paz. Sin embargo, dicho beneficio no suspende, afecta o altera, las razones por las cuales siguen privados de su libertad.


La plataforma


Los firmantes de paz interesados en consultar y descargar su decreto y certificación de amnistía de iure deben registrarse previamente haciendo clic aquí


Una vez cumplido este paso podrán ingresar a este enlace para continuar con el proceso: https://decretosamnistias.jep.gov.co/login

Clic Aquí para encontrar el instructivo de acceso a la plataforma