COMUNICADO 68
JEP emplaza a víctimas de asesinatos y desapariciones forzadas cometidos por exintegrantes de la fuerza pública en el Valle del Cauca
- La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP llama a todas las víctimas que puedan estar interesadas en participar en el Caso 03 por los asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por parte de integrantes de la fuerza pública que pudieran haber ocurrido en los municipios del Valle del Cauca y que no fueron priorizados en los casos 05 y 09.
- Toda información o consulta puede ser enviada al correo electrónico info@jep.gov.co o por correo físico a las instalaciones de la JEP, ubicada en la carrera 7 No. 63-44, en Bogotá.
Bogotá, 22 de mayo de 2024. En el marco de la estrategia de priorización de la fase nacional del Caso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por parte de integrantes de la fuerza pública, la JEP inició el proceso de búsqueda de las víctimas de este delito cometido en el marco del conflicto armado en el Valle del Cauca.
Después de haber llamado a versión a 12 comparecientes que hicieron parte de la Fuerza Pública, incluyendo a excomandantes de la III División y de la III Brigada del Ejército y del Gaula del Ejército que operaron en esta región, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP implementó una estrategia de búsqueda de las víctimas de lo que antiguamente se conocía como ‘falsos positivos’ en este departamento.
Dentro de la estrategia, que inició con la recepción de informes de las agrupaciones de víctimas por parte del despacho del magistrado Raúl Eduardo Sánchez, relator del Caso 05 (correspondiente a la situación territorial del norte de Cauca y sur de Valle del Cauca), se tomó la decisión de emplazar a todas las víctimas indeterminadas que puedan estar interesadas en participar en el Caso 03 por asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por parte de integrantes de la fuerza pública que se pudieron haber cometido en los municipios del Valle del Cauca y que no fueron priorizados en los casos 05 y 09.
Las víctimas que quieran acreditarse pueden enviar su información o realizar consultas al respecto a través del correo electrónico info@jep.gov.co o por correo físico a las instalaciones de la JEP, ubicada en la carrera 7 No. 63-44, en Bogotá.
Esta estrategia se implementa con el objetivo de establecer la verdad de lo ocurrido en el departamento del Valle con los ‘falsos positivos’ durante el conflicto armado y determinar las responsabilidades de los exintegrantes de la fuerza pública que pudieran estar o no sometidos a la JEP, sin perjuicio de abarcar nuevas imputaciones sobre estados mayores de brigadas o planas mayores de batallones que resulten claves para fundamentar las imputaciones penales de los altos mandos militares.
La Sala de Reconocimiento de la JEP se concentrará en atribuir responsabilidades regional y nacionalmente en el nivel operativo mayor (divisiones) y estratégico (comandos conjuntos, del Ejército y Comando General); es decir, aquellos que operaron en la época de ocurrencia de los hechos, así como de sus mandos superiores con jurisdicción nacional.
De acuerdo con lo expresado por el despacho, se busca promover la participación de las víctimas, haciendo énfasis en el esclarecimiento y justicia territorial, de cara a la satisfacción de sus derechos; por eso, en el proceso judicial, se incluirán las diligencias con altos mandos militares y civiles. Además, de encuentros y mesas de trabajo con víctimas de zonas que no fueron priorizadas en la primera fase.
En esta fase de investigación nacional del Caso 03, la Sala determinará si los patrones criminales identificados en los subcasos de Antioquia, Norte de Santander, la Costa Caribe, Casanare, Meta y Huila se replicaron en otros territorios y respondieron a factores comunes de alcance nacional. Con ello, la JEP trabaja para garantizar el más alto grado de esclarecimiento posible, haciendo un uso eficiente de los recursos judiciales disponibles y en función de completar la agenda de investigación de la Sala de Reconocimiento en el plazo constitucional previsto para ello.