COMUNICADO 089
La JEP ha rechazado y excluido de forma
definitiva a 2.772 personas que solicitaron su ingreso a esta Jurisdicción
- Las personas rechazadas no cumplían con
los requisitos mínimos necesarios para que sus procesos fueran tramitados por
la JEP.
- La Sala de Definición de Situaciones
Jurídicas cerró la puerta a 582 terceros civiles y a 84 agentes del Estado no
integrantes de la fuerza pública.
- Del total, 1.750 rechazos son integrantes
de grupos paramilitares y otros grupos armados al margen de la ley.
Bogotá, 8 de agosto de 2023. En cinco
años de funcionamiento, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ha rechazado
y excluido de forma definitiva a 2.772 personas que solicitaron ingresar a la JEP,
pero que no reunieron, ni cumplían con los requisitos necesarios para que sus
procesos judiciales fueran tramitados por la Jurisdicción Especial para la Paz.
Es decir, no cumplían con los factores de competencia que exige la entidad.
Sumado a estos procesos rechazados por
falta de competencia, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas también ha
inadmitido a personas que presentaron sus solicitudes por fuera de los tiempos
estipulados por la Ley, así como de aquellos que no han cumplido con sus
obligaciones dentro del Sistema Integral para la Paz. En este último sentido,
no brindaron aportes tempranos, oportunos y exhaustivos a la verdad que vayan
más allá de lo conocido y establecido por la justicia ordinaria.
De acuerdo con la Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas, el mayor porcentaje de procesos rechazos corresponde a 1.750
solicitudes de antiguos integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)
y de otros grupos armados al margen de la ley, quienes no hacen parte de la
competencia personal, material o temporal de la JEP.
En otros casos, la Sala ha determinado
que se trataba de procesos que no tenían nada que ver con el conflicto armado
colombiano. Por ejemplo, se rechazó la solicitud de cinco excombatientes de las
extintas Farc-EP y de ocho personas que participaron en hechos de protesta
social. Asimismo, la Sala determinó que 343 solicitudes de miembros de la
fuerza pública estaban por fuera de la competencia de la JEP.
En cuanto a quienes intentaron ‘colarse’
en la JEP, solicitando su sometimiento por delitos comunes y que afectaron
gravemente a la sociedad colombiana, por tratarse de casos emblemáticos de
corrupción o relacionados con narcotráfico, la Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas rechazó a 582 terceros civiles y a 84 agentes del Estado
no integrantes de la fuerza pública.
Cabe destacar que, durante este arduo
ejercicio de estudio, contrastación y verificación de las solicitudes, la Sala
de Definición de Situaciones Jurídicas ha hecho una tarea rigurosa en la que se
ha seguido el marco normativo y jurisprudencial que rige a esta Jurisdicción,
además del seguimiento de los criterios de competencia y, por supuesto, el
análisis estricto del régimen de condicionalidad con el que deben cumplir los
comparecientes.
Todo esto, mediante el control y ajuste
de los compromisos claros, concretos y programados que los comparecientes presenten,
en relación con los derechos a la verdad, la reparación y las garantías de no
repetición de las víctimas. Lo anterior, teniendo en consideración que se trata
del estudio de casos complejos, tanto por la cantidad, como por la gravedad de
los hechos y la connotación de las personas implicadas.
A las 2.772 exclusiones y rechazos definitivos,
que fueron ordenados por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, se
suman más de 700 amnistías concedidas a exmiembros de las extintas Farc-EP por
la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP.