Comunicado No. 66 

 

 

JEP pide información sobre bienes y activos de las Farc 

 

- Da plazo de 30 días hábiles a Fiscalía, a otras entidades del Estado, a Rodrigo Londoño y Pastor Alape para que den información precisa sobre los bienes y activos 

 

Bogotá, 22 de agosto. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) adoptó varias decisiones para establecer con exactitud la cantidad de bienes y activos de las antiguas Farc, dentro del proceso para resolver una solicitud de medidas cautelares para proteger dichos bienes, con destino a la reparación de las víctimas del conflicto armado. 

 

El pasado 15 de febrero de 2018, Pastor Lisandro Alape Lascarro le pidió al director de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP que adoptara medidas cautelares urgentes frente a los bienes y activos entregados por las antiguas Farc. 

 

En ese sentido, los magistrados de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad tomaron las siguientes decisiones a través del Auto de Trámite 02 del 21 de agosto de 2018: 

 

Antes de adoptar una decisión sobre las medidas cautelares, se busca hacer plena claridad sobre la cantidad de bienes y activos entregados por las Farc para la reparación de sus víctimas, sobre aquellos que están en proceso de extinción de dominio, sobre sus actuales administradores y sobre los rendimientos que hayan generado, entre otros aspectos. 

 

En el Auto de Trámite 02, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad decidió vincular al proceso a la Fiscalía General de la Nación, a la Sociedad de Activos Especiales (SAE), al Ministerio del Interior, al Director Ejecutivo de la Rama Judicial, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a la Agencia Nacional de Tierras, al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), a la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, a la Defensoría del Pueblo, a la Contraloría General de la República y al ciudadano Rodrigo Londoño Echeverri. 

 

La Sección le dio un plazo de 30 días hábiles a la Fiscalía General para que le informe a la JEP sobre la clasificación y relación de bienes y activos de las antiguas Farc-EP que se encuentren en extinción de dominio, con o sin medidas cautelares; para que informe sobre los bienes y activos no inventariados; para que reporte las amenazas, pérdidas y deterioros de los mismos; para que señale la destinación específica que están recibiendo los frutos civiles y naturales en el curso de los procesos de extinción de dominio; para que relacione si ha identificado otros bienes y activos de propiedad de antiguos miembros de las Farc; y para que indique si ha recibido información de la Comisión Transitoria de Verificación de los Bienes, entre otras. 

 

Órdenes similares les fueron dadas a las demás entidades del Estado y personas vinculadas al trámite del expediente sobre la solicitud de medidas cautelares.  

 

En el auto 02, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP les pidió a Rodrigo Londoño Echeverri y a Pastor Lisandro Alape Lascarro que en un plazo máximo de 30 días hábiles entreguen información detallada sobre los bienes y activos de las Farc. 

 

En el caso de Alape, el auto señala que hay “falta de correspondencia entre el total del inventario presentado por el Secretariado de las Farc-EP (…) y el por él suscrito el 15 de febrero de 2018 en el escrito de solicitud de medidas cautelares”. 

 

Respecto a Rodrigo Londoño Echeverri, el auto de la JEP le exige que complemente y precise el inventario de bienes y activos de las Farc. En concreto, le piden que identifique e individualice todos los bienes y activos, que informe sobre sus matrículas inmobiliarias, que indique su ubicación exacta y que describa sus linderos. 

 

De otra parte, el auto les da un plazo de 15 días hábiles a las organizaciones de víctimas para que se “pronuncien sobre la solicitud de medidas cautelares invocada por la UIA, la cual involucra la reparación material, en el marco de la reparación integral”.