Comunicado 049 de 2019

La JEP cita a audiencia para tomar decisión frente al incidente de cumplimiento de Velásquez Saldarriaga

- La audiencia se realizará en las instalaciones de la JEP, piso 12, el 26 de abril de 2019 a las 8:00 a.m.

 
Bogotá, 11 de abril de 2019. La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) citó a una audiencia pública para decidir acerca del incidente de verificación del cumplimiento del régimen de condicionalidad de Hernán Darío Velásquez Saldarriaga.

El régimen de condicionalidad reúne las condiciones que los comparecientes están obligados a cumplir para mantener los beneficios jurídicos que otorga la JEP. El régimen de condicionalidad obliga a los comparecientes a aportar a la verdad plena y la reparación de las víctimas, no repetir sus crímenes y concurrir al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, cuando sean llamados, entre otras obligaciones.

La audiencia para definir la situación de Velásquez se realizará en las instalaciones de la JEP, piso 12, el 26 de abril de 2019 a las 8:00 a.m. Allí, la Procuraduría y la defensa presentarán oral y públicamente sus alegatos a la Sala de Reconocimiento. También podrán intervenir la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, que hacen parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Al final de la diligencia se tomará una decisión, que puede implicar diversos niveles de pérdida de beneficios jurídicos previstos en el Sistema Integral.

"La JEP verificará con especial rigor el cumplimiento con los derechos de las víctimas y con los compromisos adquiridos en el marco del régimen de condicionalidad previsto en el Acuerdo de Paz", expresó el magistrado Óscar Parra, presidente de la Sala de Reconocimiento. 

El incidente de verificación de cumplimiento del régimen de condicionalidad de Velásquez Saldarriaga se abrió́ el 25 de octubre de 2018 luego de que el 10 de septiembre de 2018 la Sala de Reconocimiento solicitó a los 31 comparecientes del Caso 001, incluido Velásquez Saldarriaga, informes individuales y personales sobre sus actividades de reincorporación y otras obligaciones relevantes para el caso. De los 31 comparecientes, Velásquez fue el único que no presentó el informe dentro del plazo otorgado. Tampoco solicitó prórroga para hacerlo.

Asimismo, Velásquez fue citado a la diligencia de inicio del Caso 001 ante la Sala de Reconocimiento. Sin embargo, no compareció personalmente ni nombró defensor. Desde entonces, un abogado del Sistema de Asesoría y Defensa de la JEP (SAAD) ha venido oficiando como defensor de Velásquez.

El 6 de diciembre de 2018, después de haber recibido las solicitudes de las partes y los intervinientes, la Sala decretó la práctica de todas las pruebas para verificar de manera rigurosa el cumplimiento del régimen de condicionalidad por parte de Velásquez Saldarriaga. Dentro de las pruebas decretadas se encuentra la solicitud a 13 entidades del Estado de toda la información con la que cuentan sobre el proceso de reincorporación de Velásquez. 

Además, la Sala comisionó en dos ocasiones a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para realizar una inspección al Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) de Miravalle, Caquetá, en el que acopió información para determinar la ubicación y últimas actividades de Velázquez e hizo una revisión a las investigaciones judiciales identificadas y remitidas por la Fiscalía General de la Nación.

Adicionalmente, la Sala le solicitó información concerniente a este proceso de reincorporación a cinco Embajadas en Colombia y a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia. 

El término para la práctica de pruebas, conforme a lo previsto en el artículo 67 de la Ley 1922 de 2018, culminó el pasado jueves 21 de marzo. El viernes 22, siguiendo lo establecido en la Ley, la Sala puso a disposición de las partes todas las pruebas recaudadas y estableció un término de diez días para la presentación de alegatos finales por parte de estos. Ese término para la presentación de alegatos venció el 9 de abril de 2019.

Además, Velásquez Saldarriaga tampoco compareció el pasado 18 de marzo ante la Sala de Reconocimiento de la JEP, luego que les ordenó a los 31 miembros del Estado Mayor Central, a través del Auto 02 del 17 de enero de 2019, rendir versión en el marco del caso 001, "Retención ilegal de personas por parte de las Farc-EP", conocido como el de secuestro.

El abogado defensor de Velásquez Saldarriaga y el Ministerio Público radicaron sus alegatos finales en la JEP. Cada uno presentó en sus escritos el análisis particular que hicieron de las pruebas que les fueron trasladas y la conclusión a la que consideran que debe llegar la Sala a la hora de decidir si hubo o no incumplimiento del régimen de condicionalidad por parte del señor Velásquez Saldarriaga. Estos alegatos serán presentados oral y públicamente ante la Sala en la Audiencia Final que tendrá lugar el próximo 26 de abril de 2019.

49. Comunicado 049 de 2019 - Sobre Hernan Dario Velasquez Saldarriaga - Abril11de2019Df.pdf