Comunicado 182​

 La JEP expulsa a Leyder Johany Noscué Bototo, alias Mayimbú​


- Por lo anterior, se reactivan las órdenes de captura en contra de Noscué y este pierde todos los beneficios jurídicos que había recibido tras el Acuerdo de Paz.


Bogotá, 19 de diciembre de 2019. La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP decidió excluir de esta jurisdicción a Léyder Johany Noscué Bototo por incumplir gravemente el régimen de condicionalidad, gracias al cual gozaba de beneficios y garantías judiciales.

La Sala de Reconocimiento adoptó la decisión, mediante el Auto No. 264 del 18 de diciembre, cuya lectura se hizo este jueves en una audiencia pública. En el auto se dice que, a partir de las pruebas decretadas y practicadas, y luego de una audiencia de coordinación interjurisdiccional con Autoridades Tradicionales Indígenas del Norte del Cauca Çxhab Wala Kiwe, se tuvo conocimiento de diferentes hechos que dan cuenta del incumplimiento de Noscué Bototo frente a la garantía de no repetición al haber retomado las armas, reincidido en la pertenencia a grupos armados organizados al margen de la ley y desarmonizar los territorios ancestrales.

El pasado 12 de septiembre, la JEP le abrió a este exmiembro de las Farc-EP, conocido con el alias de 'Mayimbú', un incidente de verificación de cumplimiento del régimen de condicionalidad teniendo en cuenta que el Ministerio de Defensa Nacional envió una información que indicaba su presunta participación en diferentes actos delictivos y de rearme.

Luego del trámite del incidente, para la Sala de Reconocimiento resulta plenamente probado el incumplimiento grave de  Noscué Bototo frente a la garantía de no repetición, al haber retomado las armas, reincidido en la pertenencia a grupos armados organizados al margen de la ley y desarmonizar los territorios ancestrales.​

Según las Autoridades Tradicionales Indígenas del Norte del Cauca, basadas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, alias “Mayimbú" está reincidiendo en actividades delictivas al comandar grupos armados de disidencias de las Farc, específicamente las columnas “Dagoberto Ramos" y “Jaime Martínez"; al ordenar amenazas, asesinatos y ataques contra miembros de la Guardia Indígena, Autoridades Tradicionales Indígenas y comuneros, y al entrar en combate con otros grupos armados dentro de los territorios ancestrales.​

Noscué Bototo había suscrito un Acta de Compromiso ante la JEP el 14 de marzo de 2017, un juez ordinario le concedió la libertad condicionada y posteriormente la libertad condicional.

La Sala ordenó devolver a la jurisdicción ordinaria y a la Jurisdicción Especial Indígena, según corresponda con la autoridad jurisdiccional que instruyó o adelanta el respectivo proceso, todos los expedientes que estén a disposición de la JEP en los que esté involucrado Noscué Bototo, con el fin de que continúen su trámite pertinente.

La exclusión de la JEP implica la pérdida de todos los beneficios y garantías otorgados en virtud del marco normativo que desarrolló el Acuerdo Final de Paz, incluidas la suspensión y cancelación de órdenes de captura, las amnistías, los indultos y las libertades.

Por lo anterior, se reactivan las órdenes de captura en contra de Noscué y este pierde todos los beneficios jurídicos que había recibido.

Hasta hoy, la Sala de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad de la JEP ha expulsado a siete miembros de las antiguas Farc-EP por incumplir sus compromisos con el Acuerdo Final de Paz: Hernán Darío Velásquez Saldarriaga; Iván Luciano Márquez Marín; Seuxis Paucias Hernández Solarte; Henry Castellanos Garzón; José Manuel Sierra Sabogal; José Vicente Lesmes y Léyder Johany Noscué Bototo.​

182. Comunicado 182 de 2019 - Las JEP expulsa a Leyder Noscue - Diciembre192019.pdf