Comunicado No.22 

 

Corte Constitucional le ordena a Tribunal de Cundinamarca resolver tutela contra juzgado de ejecución de penas 

 

- El caso había sido remitido a la JEP y esta le había pedido a la Corte que resolviera el conflicto de competencias 

 

Bogotá, 27 de abril de 2018. La Corte Constitucional resolvió a favor de la Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) un conflicto de competencias que se había planteado con la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, respecto a una acción de tutela. 

 

Inicialmente, el señor Wilfredo Flórez Gutiérrez instauró una acción de tutela contra el juzgado segundo de ejecución de penas de Girardot, ante el cual pidió su libertad con base en lo dispuesto por la Ley 1820 (de amnistía e indulto) y el Decreto 1253 de 2017. Flórez pide que se le tutele su derecho al debido proceso. 

 

La Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca se abstuvo de tramitar la tutela y le remitió la solicitud de Flórez a la JEP. La Sección de Revisión de la JEP consideró que este no es un asunto de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz y le pidió a la Corte Constitucional que resolviera el conflicto de competencias. En una decisión del pasado 18 de abril, comunicada hoy a la JEP, la Corte Constitucional le ordena a la Sala Penal del Tribunal de Cundinamarca resolver la petición de Flórez y le advierte que en " lo sucesivo se abstenga de hacer valoraciones previas".