JEP adopta plan de acción para superar el represamiento en el reparto de asuntos a la Sala de Amnistía o Indulto

Bogotá, 6 de febrero de 2019 En comunicación dirigida al Consejo de Estado el pasado 4 de febrero, la Jurisdicción Especial para la Paz presentó, en el término establecido, el "Plan de acción para superar el retraso y represamiento judicial de la Sala de Amnistía o Indulto"; represamiento que se ha presentado antes de la entrada en funcionamiento de la JEP y debido al alto volumen de solicitudes de personas vinculadas con presuntos hechos relacionados con el conflicto armado. Dicho plan contiene distintas actividades que se implementarán hasta el 17 de mayo, como lo acordó el Órgano de Gobierno de la JEP el pasado 29 de enero.

Las principales actividades que se implementarán para superar el represamiento son: 

  • Adoptar la medida de movilidad de funcionarios del Grupo de Análisis de Información (GRAI) a los despachos de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI).
  • Definir las tablas de retención documental definitivas de la Secretaría Judicial de la SAI y de la SAI.
  • Contratar el personal para apoyar la gestión documental relacionada con los procesos judiciales de la SAI.
  • Definir el mecanismo de clasificación y priorización para la asignación o distribución de radicados.
  • Capacitar a los contratistas, judicantes y practicantes de acuerdo al mecanismo de clasificación establecido.
  • Realizar la clasificación de solicitudes pendientes en el sistema de gestión documental, según la tabla de retención documental definida.
  • Realizar la asignación o distribución a los despachos de la SAI con base en los criterios de priorización definidos.
  • Implementación del sistema de información sobre el estado actual de peticiones.
  • Entrega de la herramienta tecnológica INDI.
  • Contratar el sistema de gestión judicial definitivo para la Jurisdicción.

Todas estas medidas buscan remediar las falencias identificadas en la atención de requerimientos judiciales, y de esta manera garantizar el acceso a la justicia y el cumplimiento de los términos legalmente establecidos. La JEP cumplirá con su mandato constitucional y legal y hará un seguimiento periódico al número de solicitudes pendientes de reparto en la Secretaría Judicial de la Sala de Amnistía o Indulto para verificar la eficacia de las medidas adoptadas.