comunicado 046​

La JEP rechaza solicitud de aclaración

presentada por la Universidad de Antioquia

 

  • La Universidad de Antioquia había presentado la solicitud de aclaración sobre las medidas cautelares en los laboratorios de Osteología y Antropología Forense.
  • Las medidas cautelares buscan preservar y conservar cuerpos de personas víctimas de desaparición forzada en razón del conflicto armado.
 
Bogotá D.C., abril 21 de 2020. La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP rechazó la solicitud de aclaración presentada por la Universidad de Antioquia, sobre las medidas cautelares solicitadas por el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) y decretadas por la Jurisdicción sobre el sellamiento temporal y parcial de los laboratorios de Osteología Antropológica y Forense de esa Universidad.
 
Las medidas cautelares fueron tomadas por la JEP para que se preserven y conserven los cuerpos que están en esas instalaciones y que provienen de los cementerios El Universal de Medellín y de cementerios comunitarios de los municipios de Sabanalarga, Barbacoas y Peque (área de incidencia del proyecto hidroeléctrico de Hidroituango), con el fin de asegurar el posible hallazgo, identificación y entrega digna de los cuerpos de víctimas del crimen de desaparición forzada, en el proceso que se adelanta con la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas (UBPD). 
 
En la solicitud de aclaración, la Universidad de Antioquia pedía ser informada sobre el “tipo de vinculación de la Universidad de Antioquia en el proceso", ya que la Ley Estatutaria de la JEP prohíbe que esa entidad sea un sujeto procesal en la Jurisdicción, aunque la Universidad en un principio consideró que debía “permitir la caución de unos restos óseos que en un futuro inmediato podrían aportar a la verdad en medio de una justicia transicional como la que vive Colombia en la actualidad".
 
En al Auto de la decisión, la JEP aclara que la solicitud era extemporánea. Adicionalmente  reitera que la Jurisdicción tiene plena competencia para vincular, requerir e incluso imponer medidas cautelares que afecten a terceros, en aras de garantizar los derechos de las víctimas, como ocurre en este caso en el que se busca  preservar los lugares en donde se presume que existen cuerpos de personas dadas por desaparecidas, con el propósito de garantizar su búsqueda, hallazgo, así como su eventual identificación y la entrega digna a sus familiares y allegados. Esos argumentos son reiterados por la Sección –que ya los había esgrimido al rechazar una solicitud de falta de competencia de EPM– en el proceso de medidas cautelares que se adelanta para los municipios de incidencia del proyecto de Hidroituango.​