Se reanuda audiencia de sometimiento del General (r) Mario Montoya ante la JEP

 

Bogotá, septiembre 21 de 2018. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP citó a la continuación de la audiencia de sometimiento del general de la reserva activa del Ejército Mario Montoya Uribe, para el día 17 de octubre de 2018, a las 9.00 am, en la sede de la Jurisdicción en Bogotá.

Dicha audiencia había sido iniciada y suspendida el pasado 13 de septiembre. En la audiencia del próximo 17 de octubre, para efectos de garantizar el acceso y participación de las víctimas al procedimiento en la etapa en que encuentra ante la JEP el general Montoya Uribe, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas dispuso lo siguiente:

 

- Citar a las víctimas intervinientes y sus representantes, que fueron identificadas y reconocidas en el inicio de la audiencia del 13 de septiembre de 2018, así como al compareciente, sus representantes y la representante del Ministerio Público.

  • - Citar a las víctimas y los representantes que sean relacionados en el Informe de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, que debe presentar el fiscal comisionado para la inspección judicial a la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, que adelanta investigaciones en contra del general (r) Mario Montoya Uribe, para identificar los hechos, así como a las víctimas, ubicarlas y allegar copia de las piezas procesales principales.
     

  • - Emplazar públicamente mediante edicto, por el término de diez (10) días hábiles, a las víctimas de los hechos por los cuales se encuentra investigado en la justicia ordinaria el general (r) Mario Montoya Uribe y otros que serán objeto de conocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. En caso de no comparecencia de las víctimas indeterminadas específicamente, la representante del Ministerio Público asumirá su representación, tal como fue ratificado en la audiencia del 13 de septiembre de 2018.
     

  • - En Medellín se adecuará una sala en el Palacio de Justicia para que las víctimas y sus representantes puedan acceder a la audiencia desde esa ciudad por transmisión de video conferencia.
     

  • Para organizar el acceso y la participación de las víctimas, se solicita que hasta tres días antes de la fecha de fijación de la audiencia alleguen a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas las solicitudes de reconocimiento de su condición, acompañadas de las pruebas sumarias que así lo corroboren, como el relato de las razones por las cuales se consideran víctimas, especificando al menos la época y el lugar de los hechos victimizantes junto con el respectivo poder conferido a su representante debidamente diligenciado, todo conforme al artículo 3 de la Ley 1922 de 2018.
     

  • A fin de asegurar la eficiencia y eficacia del procedimiento y por la naturaleza del caso, ante un número considerable de víctimas y representantes, la Sala podrá disponer que todas o cierto grupo de ellas, nombren uno o más representantes comunes, que puedan agenciar en forma colectiva sus derechos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de las Reglas de Procedimiento para la JEP.


    Sometimiento a la JEP 


    El general en retiro Montoya Uribe, quien fue Comandante del Ejército Nacional, es el oficial de más alto rango que acude a la JEP.


    Durante la audiencia, también se retomarán las siguientes actuaciones: 


    1. El compareciente suscribirá el acta de sometimiento ante la JEP. Corresponde al compareciente escuchar por parte de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas en qué consiste el sometimiento ante el tribunal de paz. El compareciente, de viva voz, deberá manifestar voluntariamente la suscripción y reconocimiento del acta. La suscripción del documento es la expresión voluntaria del compareciente de ponerse a disposición de esta jurisdicción y de continuar con el proceso, como lo señala la Ley 1922 de 2018. 


    Además, el sometimiento implica la comprensión de que accede al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRN), del cual hacen parte la JEP, la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas. El SIVJRN fue creado a partir de principios como la centralidad de las víctimas, la rendición de cuentas, la garantía de no repetición, el esclarecimiento de la verdad y la seguridad jurídica. 


    2.      El compareciente, en compañía de su abogado defensor, deberá informar a la sala los procesos penales que se han adelantado o se adelantan en su contra identificando, como mínimo: los hechos jurídicamente relevantes, las personas vinculadas, la calificación jurídica atribuida y el estado de las actuaciones. 


    3.      También el general (r) Mario Montoya Uribe deberá presentar a la Sala, de manera preliminar, las formas de contribución al esclarecimiento de la verdad a favor de las víctimas y la sociedad, las modalidades de reparación y garantías de no repetición. Adicionalmente, de manera expresa deberá manifestar su compromiso de atender los requerimientos de los órganos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, así como suministrar sus datos de notificación.