COMUNICADO 92
En cumplimiento de las condiciones fijadas por la JEP, el señor Rodrigo Londoño se presentó este martes ante la Sección de Reconocimiento de Verdad
- El compareciente Rodrigo Londoño Echeverri regresó a Colombia el 11 de julio y se presentó ante la Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP hoy, 14 de julio de 2026. A este comunicado se anexa la Constancia de Presentación Personal CSJ-No.094-SeRVR-2026, en la cual se certifica su comparecencia.
- Las solicitudes de salida del país son evaluadas de manera individual por la autoridad judicial correspondiente, con base en criterios objetivos y las obligaciones asumidas por cada compareciente.
- La solicitud de autorización de salida del país del compareciente Londoño fue radicada el 25 de mayo de 2026 y autorizada el 18 de junio; antes de que quedara en firme la sentencia del Caso 01, el 1 de julio.
- La Jurisdicción ha autorizado salidas del país a comparecientes de diferentes calidades, entre ellos antiguos altos mandos de la fuerza pública, terceros civiles, agentes del Estado y exintegrantes de las Farc-EP, sin que, a la fecha, se haya presentado, incumplimiento alguno al régimen de condicionalidad.
- Las salidas del país de los comparecientes están previstas en la Ley 1820 de 2016 (art. 36), declarada exequible por la Corte Constitucional en sentencia C- 007 de 2018. En consecuencia, no tramitarlas implicaría un grave incumplimiento de la normatividad vigente, es decir, no es una facultad discrecional de los jueces, sino una actividad reglada por el legislador.

Bogotá, 14 de julio de 2026. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) informa a la opinión pública que el compareciente Rodrigo Londoño Echeverri se encuentra en Colombia y se presentó este martes, 14 de julio, ante la Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP, en Bogotá. Y aclara que las autorizaciones para la salida temporal del país otorgadas a comparecientes sometidos a esta Jurisdicción constituyen una prerrogativa prevista dentro del régimen de condicionalidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley y las decisiones adoptadas por los magistrados competentes. En otras palabras, no es posible negar el trámite de tales solicitudes, puesto que se trata de una actividad reglada y no discrecional.
Las solicitudes de salida del país son evaluadas de manera individual por la autoridad judicial correspondiente, la cual analiza cada caso con base en criterios objetivos, el cumplimiento del régimen de condicionalidad y las obligaciones asumidas por cada compareciente. En consecuencia, la autorización o negación de estos permisos responde exclusivamente al ejercicio de la función judicial y no constituye un tratamiento preferencial para ningún compareciente o grupo en particular.
El trámite de solicitud de permisos de salida temporal del país está reglamentado en el Decreto 2125 de 2017 y de la Resolución 011 de 2018, en los cuales se establecen los requisitos y las justificaciones jurídicas para la solicitud de estos permisos temporales en el marco de la Constitución y la ley.
En este sentido, la JEP precisa que estas decisiones no se otorgan exclusivamente a exintegrantes de las extintas Farc-EP. La Jurisdicción ha autorizado salidas del país a comparecientes de diferentes calidades, entre ellos, antiguos altos mandos de la fuerza pública, terceros civiles, agentes del Estado y exintegrantes de las Farc-EP, y en ninguna ocasión se han producido incumplimientos al régimen de condicionalidad.
Con respecto al compareciente Rodrigo Londoño Echeverri, la JEP informa que su solicitud de autorización de salida del país fue radicada el 25 de mayo de 2026 y autorizada el 18 de junio; es decir, antes de que quedara en firme la sentencia del Caso 01 en segunda instancia, el 1 de julio. Esta solicitud fue tramitada conforme al procedimiento previsto por la Jurisdicción y evaluada por la Sección de Reconocimiento Verdad del Tribunal para la Paz.
La salida temporal del compareciente correspondió a una invitación formulada por la Federación de Partidos de Izquierda de España, Izquierda Unida, para participar en un seminario sobre el trabajo entre Europa y la Comunidad de Países Andinos.
La JEP confirma que, Rodrigo Londoño se presentó ante la Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP este martes 14 de julio de 2026. A este comunicado se anexa la Constancia de Presentación Personal CSJ-No.094-SeRVR-2026, en la cual se certifica su comparecencia.
La Jurisdicción Especial para la Paz reitera que todas las decisiones relacionadas con autorizaciones de salida del país se adoptan en estricto cumplimiento de la Constitución, la ley y las decisiones judiciales, bajo los principios de igualdad, imparcialidad y simetría frente a todas las personas sometidas a esta Jurisdicción.
La JEP continuará ejerciendo con independencia sus funciones de revisión del cumplimiento de las obligaciones de los comparecientes con el Sistema Integral para la Paz y con las víctimas del conflicto armado.