COMUNICADO 41

JEP ordena medidas cautelares para avanzar en la resignificación de la Casa del Florero, el Cantón Norte y el Cementerio del Sur como espacios de memoria

  • La decisión se enmarca en la toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985 y está orientada a transformar estos lugares en escenarios de memoria y dignificación de las víctimas.•    El proceso se desarrolló con la participación de las víctimas, a través de espacios de diálogo que permitieron recoger sus voces y orientar las acciones de memoria.
  • Las medidas integran acciones simbólicas, análisis técnico y articulación interinstitucional para garantizar intervenciones viables y sostenibles en el tiempo.
  • Se definieron acciones concretas en cada uno de los lugares, así como la creación de una Ruta de la Memoria que los conecte con el Palacio de Justicia como eje central.
  • La decisión responde a una solicitud presentada en 2023 por la señora Helena Urán Bidegaín, en el marco de la garantía de sus derechos a la verdad y la memoria.
Bogotá, 22 de abril de 2026. Tres lugares vinculados a la toma y retoma del Palacio de Justicia, los días 6 y 7 de noviembre de 1985, serán objeto de medidas para avanzar en su resignificación como espacios de memoria: la Casa del Florero, las caballerizas del Cantón Norte y el Cementerio del Sur. Así lo determinó la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz, que adoptó medidas cautelares orientadas a proteger y transformar estos escenarios asociados a graves violaciones a los derechos humanos, con el fin de contribuir al esclarecimiento de la verdad, la memoria y la dignificación de las víctimas. 

El trámite cautelar se desarrolló con la participación de las víctimas, a través de espacios de diálogo en los que se abordaron las propuestas de resignificación, con el propósito de que las medidas adoptadas respondan a sus expectativas y contribuyan a honrar la memoria de las personas torturadas, desaparecidas y asesinadas en estos hechos. De esta forma, se busca proteger la verdad histórica frente a riesgos de negacionismo, fragmentación de la memoria y revictimización simbólica, y reafirmar que la centralidad de las víctimas es un principio transversal en todas las acciones ordenadas.

Como parte de esta decisión, la sección impartió órdenes concretas orientadas a la resignificación de estos lugares, con enfoque en la verdad, la dignificación de las víctimas y las garantías de no repetición. En relación con la Casa del Florero, se ordenó consolidar y mantener de manera permanente la sala “6 y 7 de noviembre de 1985” como espacio de memoria histórica, así como implementar recorridos guiados por los espacios del museo que fueron utilizados por la fuerza pública durante los hechos, como medida pedagógica y restaurativa, con participación de las víctimas.

Frente a las caballerizas del Cantón Norte, se ordenó al Ministerio de Defensa Nacional adoptar acciones de resignificación simbólica. Entre ellas, la instalación de una placa conmemorativa que reconozca este lugar como escenario de graves violaciones a los derechos humanos; la implementación de una cátedra obligatoria en derechos humanos y memoria histórica sobre los hechos del Palacio de Justicia en las escuelas de formación del Ejército Nacional; y el diseño e instalación de murales de memoria histórica visibles desde el espacio público, así como de una exposición permanente en los museos del Ejército. Estas acciones deberán concertarse con las víctimas y estarán orientadas a la verdad y la no repetición.

Asimismo, se ordenó a la Alcaldía Mayor de Bogotá formular un proyecto de resignificación del espacio público en los alrededores del Cantón Norte, bajo criterios de bajo impacto, reversibilidad y participación efectiva de las víctimas. En cuanto al Cementerio del Sur, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad dispuso la implementación de acciones de resignificación en el Parque Zonal Villamayor, mediante murales de memoria e instalaciones móviles que permitan visibilizar su uso como fosa común durante los años ochenta.

Finalmente, la sección ordenó la conformación de una mesa técnica interinstitucional para el diseño de una Ruta de la Memoria del Holocausto del Palacio de Justicia, que articule los tres lugares cautelados con el Palacio como eje central de memoria. 

El origen y la ruta restaurativa
Esta medida cautelar se adoptó en respuesta a la solicitud presentada en 2023 por Helena Urán Bidegaín, quien pidió el cuidado, la protección y la conservación de estos lugares, así como su resignificación y eventual transformación en escenarios que permitan el duelo y el desarrollo de acciones restaurativas frente a lo ocurrido hace 40 años. Como parte del trámite, la sección avanzó en la evaluación de la viabilidad jurídica y material de las medidas y puso en marcha un proceso que incluyó la participación de víctimas, el análisis de distintas entidades del Estado y la construcción de una ruta restaurativa para definir las acciones a implementar.

En desarrollo de este trámite, la JEP adelantó actuaciones orientadas al esclarecimiento de lo ocurrido y a la recopilación de información relevante, y ordenó acciones a distintas entidades del Estado. Entre ellas, solicitó información a la Fiscalía sobre investigaciones y posibles lugares de interés forense, requirió a Medicina Legal reportes sobre posibles signos de tortura y dispuso gestiones para la desclasificación de archivos en poder del Gobierno de los Estados Unidos, así como el retiro de la denominada ‘Placa XXIV’ del Palacio Liévano por considerarla revictimizante, junto con la elaboración e instalación de una nueva.

Posteriormente, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad ordenó la elaboración de propuestas concretas de memoria para la resignificación de los tres lugares, las cuales fueron objeto de observaciones y ajustes en espacios de diálogo con la solicitante y otras víctimas. A partir de este proceso, se diseñó una ruta restaurativa que integró estrategias de memoria, espacios participativos, un cronograma de acciones y el análisis de la viabilidad técnica de las intervenciones en la Casa del Florero, el Cantón Norte y el Cementerio del Sur. Esto permitió estructurar el proceso de manera progresiva y articular el trabajo de las distintas dependencias de la JEP.
Precisamente, en el marco de este proceso, se evidenció la necesidad de contar con la participación de entidades del Estado con competencias técnicas específicas. En consecuencia, la sección ordenó la vinculación de diversas entidades del orden nacional y distrital con el fin de aportar insumos técnicos, conceptuales y operativos al desarrollo de las medidas de resignificación.

En paralelo, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad convocó espacios de diálogo con la solicitante y otras víctimas de los hechos del Palacio de Justicia, en los que se socializaron los avances del trámite, la ruta restaurativa y las propuestas de resignificación. En estos encuentros se recogieron observaciones, inquietudes y nuevas iniciativas, orientadas a garantizar un enfoque participativo, plural e incluyente que recogiera las distintas voces de las víctimas. Asimismo, se realizaron reuniones y recorridos en los tres lugares protegidos, donde se analizaron sus condiciones, usos actuales y posibilidades de intervención. Esto permitió avanzar en la definición de acciones concretas de memoria. 

Haga clic aquí para leer el Auto