​COMUNICADO 88

La JEP resuelve la situación jurídica de 26 comparecientes de la fuerza pública y un exagente del DAS involucrados en falsas bajas en combate en Santander

  • Se trata de comparecientes que pertenecieron al Gaula Militar, al Gaula de la Policía de Santander y al extinto DAS no hallados como máximos responsables por crímenes cometidos, entre el 2001 y 2008.
  • La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas concluyó que los 27 comparecientes cumplieron con los requisitos exigidos para concederles el beneficio de la renuncia a la persecución penal.
  • Los comparecientes estuvieron involucrados en 10 hechos que produjeron 22 víctimas directas, en Santander.
  • Solo siete de los 20 comparecientes cobijados con esta medida fueron condenados en la justicia ordinaria.
  • La decisión señala que los comparecientes que reciben estos beneficios no podrán reincorporarse a la fuerza pública y ordena revocar los reconocimientos e incentivos que recibieron por estas operaciones ilegítimas.
  • A la fecha, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ha resuelto la situación jurídica de 872 comparecientes involucrados en crímenes no amnistiables.
Bogotá, 6 de julio de 2026. La JEP resolvió de forma definitiva la situación jurídica de 26 comparecientes de la fuerza pública que pertenecieron al Gaula Militar y al Gaula de la Policía de Santander, y a un exagente del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en calidad de compareciente voluntario, quienes no fueron seleccionados como máximos responsables en 10 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate en Santander, entre 2001 y 2008, que produjeron 22 víctimas directas.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP determinó que los 27 comparecientes cumplieron con los requisitos exigidos por la Justicia Transicional Restaurativa para concederles el beneficio de la renuncia a la persecución penal como mecanismo jurídico para resolverles la situación jurídica en el marco de la Ruta No Sancionatoria.

La renuncia a la persecución penal extingue la acción penal y disciplinaria, por lo tanto, los procesos que se adelantaban contra los comparecientes por los crímenes en los que participaron deberán ser archivados sin que se les imponga sanción penal alguna. Sin embargo, este beneficio no es gratuito. En el proceso dialógico y restaurativo de la JEP, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas verificó que los comparecientes involucrados en estos hechos aportaron verdad plena y detallada sobre lo sucedido, aceptaron su responsabilidad cuando así correspondía, realizaron medidas de contribución a la reparación simbólica en favor de las víctimas y se comprometieron con la no repetición.
 
Las víctimas de los 10 hechos en los que estuvieron involucrados los comparecientes son: 1) Jhon Fredy García Almeida, Luis Alfredo Sandoval Gutiérrez, José Alexander Sandoval Gutiérrez y Freddys Pontón Mesa, asesinados el 5 de julio de 2001, en Girón (Santander); 2) Daniel Muñoz Cristancho y Marco Antonio Alba Castellanos, asesinados el 28 de noviembre de 2002, en Palmas del Socorro (Santander), y el sobreviviente Mauricio Marín; 3) Constantino Mantilla Sánchez, asesinado el 23 de abril de 2004, en Charalá (Santander); 4) Wilson Bacca Soto, Diego Fernando Bacca Angarita, Rosmiro Peña Ortega y Humberto Campos Sierra, asesinados el 27 de enero de 2006, en Girón; 5) Carlos Javier Hernández Bueno, asesinado el 21 de noviembre de 2006, en Lebrija (Santander); 6) Nelson Páez, Marcos Javier Quintero Niño y Marcos Quintero Rivera, asesinados el 28 de marzo de 2007, en El Playón (Santander); 7) Rubén Darío Prada, Víctor Prada Báez y Raúl Méndez, asesinados el 27 de julio de 2007, en Girón; 8) Vicente Blanco Monsalve, José Fernando Ospina y Yerson González Abaunza, asesinados el 4 de febrero de 2008; 9) Leonardo Fabián Sarmiento Gómez, asesinado el 13 de febrero de 2003, en Valle de San José (Santander); y 10) Esteban Garzón Ayala, asesinado el 19 de marzo de 2003, en las Palmas del Socorro. 

Por los asesinatos de Nelson Páez, Marcos Javier Quintero Niño y Marcos Quintero Rivera ya contaban con condena en la justicia ordinaria los comparecientes Yeircinio Oswaldo Vega Hernández, Oviel Gutiérrez Zambrano, Guillermo Antonio Valencia Hernández, Ricardo Cruces Velasco, Omar Antonio Pérez Guisao, Juan Ángel Moreno Cáceres y Helbert Martínez Gómez. El resto de los comparecientes cobijados en este beneficio de la JEP solo tenían investigaciones abiertas.

Esta decisión fue adoptada tras evaluar los aportes de verdad y reconocimientos de responsabilidad realizados por los comparecientes en audiencias en las que participaron activamente víctimas acreditadas en la mayoría de los hechos. En su análisis, la Sala de Definición concluyó que los aportes de verdad presentados permitieron reconstruir lo ocurrido con un mayor detalle que lo establecido por la justicia ordinaria.

En el estudio de los hechos, se estableció que las conductas criminales se enmarcaron en cuatro modalidades: primera, integrantes del Gaula Militar Santander asesinaron a personas supuestamente relacionadas con actos delictivos y las hicieron pasar falsamente como integrantes de bandas criminales muertos en combate; segunda, integrantes del Gaula Santander asesinaron a una persona entregada por paramilitares para ser presentada falsamente como resultado operacional; tercera, integrantes del Gaula Santander reportaron como bajas en combate a personas señaladas de pertenecer a grupos armados ilegales o de colaborarles; y cuarto, integrantes del Gaula de la Policía de Santander, en asociación con paramilitares, participaron en crímenes relacionados con el conflicto armado.

En las distintas audiencias convocadas por la sala, los comparecientes realizaron actos públicos de perdón y reconocimiento de responsabilidad. Así mismo, se comprometieron a llevar a cabo las medidas de satisfacción solicitadas por las víctimas. Entre estas, la realización de una audiencia pública de reconocimiento de responsabilidad ante medios locales de Santander, así como otras medidas de satisfacción encaminadas a resarcir el buen nombre y la dignidad de las víctimas. A su vez, la decisión señaló que los comparecientes que reciben estos beneficios no podrán reincorporarse a la fuerza pública y ordenó revocar los reconocimientos e incentivos que recibieron por estas operaciones ilegítimas.

A la fecha, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ha resuelto la situación jurídica de 872 comparecientes involucrados en crímenes no amnistiables cometidos durante el conflicto armado.