COMUNICADO 164

 

Por incumplir de manera grave sus compromisos, la JEP rechaza la solicitud de sometimiento del excongresista César Augusto Andrade Moreno

 
  • Andrade Moreno fue condenado en la justicia ordinaria por mantener alianzas con grupos paramilitares al mando de ‘El Alemán’ para aspirar y ser elegido representante a la Cámara por Antioquia, en 2002.  
  • La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP concluyó que “se advierte de manera protuberante la inexistencia de compromiso”, puesto que ha sido “renuente a cumplir con su obligación de aportar verdad plena”.
 
Bogotá, 12 de noviembre de 2024. La JEP rechazó la solicitud de sometimiento de César Augusto Andrade Moreno, exrepresentante a la Cámara por Antioquia, en calidad de tercero civil y agente del Estado no integrante de la fuerza pública, por faltar recurrentemente a sus compromisos con esta Jurisdicción de aportar verdad, como lo exige el régimen de condicionalidad.
 
Andrade Moreno fue condenado en la justicia ordinaria por concierto para delinquir agravado para promover grupos armados ilegales al margen de la ley. Según sentencia anticipada del 31 de agosto de 2011, de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en la contienda electoral de 2002, Andrade se valió del apoyo del movimiento ‘La Nueva Forma de hacer Política’, para aspirar y ser elegido representante a la Cámara en Antioquia. Este movimiento se fundió con el grupo político ‘Por una Urabá Grande Unida y en Paz’, creado y liderado por paramilitares bajo el mando de Fredy Rendón Herrera, conocido como ‘El Alemán’.
 
En el estudio de la solicitud de sometimiento de Andrade Moreno, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP concluyó que “se advierte de manera protuberante la inexistencia de compromiso”, puesto que ha sido “renuente a cumplir con su obligación aportar verdad plena, detallada y exhaustiva en cumplimiento de su régimen de condicionalidad”. Asimismo, la sala puso de presente que el aspirante a comparecer no presentó un compromiso claro, concreto y programado (CCCP), según lo exigido por la Sección de Apelación de esta Jurisdicción, pese a que le fue requerido en más de tres ocasiones.  
 
Estos incumplimientos graves y recurrentes determinan el rechazo de la solicitud de sometimiento Andrade Moreno, quien no podrá acceder a los beneficios de la Justicia Transicional Restaurativa.