COMUNICADO 110

El Día Internacional de los Pueblos Indígenas y sus aportes a la Justicia Transicional Restaurativa


  • La participación de los Pueblos Indígenas en la JEP, mediante un diálogo horizontal, intercultural e interjusticias, ha permitido avanzar en la aplicación de una justicia restaurativa que responda a las demandas de las víctimas y contribuya a reparar los daños causados a ellas, sus comunidades y el territorio.

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Bogotá, 9 de agosto de 2024. Desde 1994, la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció el 9 de agosto como el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, con el objetivo de reconocer y exaltar la diversidad cultural y los derechos de estos pueblos ancestrales en todo el mundo. Para la Jurisdicción Especial para la Paz, esta fecha representa una oportunidad para rendir un respetuoso homenaje a los 115 Pueblos Indígenas que cuidan y habitan las selvas, desiertos, cordilleras, llanuras, volcanes, nevados, sabanas, lagunas, ríos y mares de Colombia.
 
En la JEP reconocemos sus valiosos aportes a la humanidad, en especial el respeto y cuidado que han brindado a la madre tierra para su pervivencia y la de todos los colombianos. Destacamos la valiente y decidida participación de las mujeres indígenas; la sabiduría de los mayores y mayoras; el cuidado y la protección de la guardia indígena en Territorio; la guía de las autoridades políticas y espirituales, así como los aprendizajes compartidos desde los sistemas de conocimiento ancestral y la apertura que han tenido en los territorios desde los cuales han hecho importantes aportes a esta Justicia Transicional Restaurativa.
 
Muchas de las luchas que durante años libraron los Pueblos Indígenas tuvieron respuesta en el Acuerdo Final de Paz. A través de él, en su Capítulo Étnico, se reconoció que esta fue una de las poblaciones que sufrió con más rigor los horrores de la guerra. Durante más de cincuenta años, enfrentaron serias amenazas a su autonomía, sus sistemas de gobierno propio y a sus territorios, situaciones que acentuaron y agravaron la condición de pobreza, la marginación, la exclusión y la vulneración de sus derechos fundamentales.
 
Desde su creación, la JEP recibió el mandato de aplicar el enfoque étnico-racial en todas sus actuaciones y decisiones, así como el deber de implementar las herramientas necesarias para lograrlo. Con ese propósito, y en consonancia con el principio del pluralismo jurídico que inspira el ordenamiento constitucional de Colombia, en 2019 se acordó con los Pueblos Indígenas un protocolo que sirve de mecanismo de relacionamiento, articulación y coordinación interjurisdiccional (JEI-JEP).
 
A través de este protocolo denominado: 'Diversidad Étnica y Cultural, Pluralismo Jurídico y Consulta Previa' se ha buscado garantizar la participación y acceso a la justicia de estos pueblos que históricamente han visto sus derechos vulnerados. Como resultado del relacionamiento correcto con ellos, se ha materializado el principio dialógico de la JEP y el reconocimiento del derecho propio indígena, respetando su buen vivir y formas organizativas.
 
La JEP es consciente de que, el modelo de Justicia Transicional Restaurativa, y la construcción de una paz estable y duradera en los territorios, solo tendrá éxito, siempre y cuando se mantenga un diálogo directo y respetuoso con los Pueblos Indígenas y sus autoridades.

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Los Pueblos Indígenas de Colombia tienen presencia y voz en la JEP

 
Uno de los compromisos continuos de la JEP es garantizar a los Pueblos Indígenas que se investiguen, juzguen y sancionen los crímenes de guerra y de lesa humanidad de los que fueron víctimas durante el conflicto armado. Estos hechos ya están siendo abordados por la magistratura y han mostrado resultados, especialmente en los cuatro casos territoriales abiertos por la Jurisdicción. La JEP ha trabajado para asegurar que las investigaciones sean exhaustivas y que se tenga en cuenta la perspectiva étnica y cultural de las comunidades afectadas.
 
En 2019, por ejemplo, la Sala de Reconocimiento de Verdad acreditó como víctimas al Katsa Su, gran territorio del Pueblo Awá y al Eperara Euja territorio-mundo del Pueblo Eperara Siapidaara, esto en el marco del Caso 02, que priorizó la situación de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas. En esta investigación la JEP, le atribuyó responsabilidad por crímenes de guerra y de lesa humanidad a 15 exintegrantes de las Farc-EP, por hechos cometidos contra Pueblos, Comunidades, Poblaciones y Territorios de Nariño.
 
En febrero de 2020, la JEP acreditó a más de 11 mil víctimas de 69 comunidades indígenas en el Caso 04, que priorizó la situación territorial de Urabá. Esta decisión, de la Sala de Reconocimiento de Verdad, incluye a los pueblos Guna Dule, Embera Eyabida, Katío, Dobida, Wounan y Senú; quienes habitan en los municipios de Riosucio, Carmen del Darién, Unguía, y Acandí en el Chocó, así como en Chigorodó, Carepa, Mutatá, Turbo, Apartadó y Dabeiba en Antioquia.
 
Por otro lado, durante 2023 y el primer semestre de 2024, en el marco del Caso 09, que investiga los crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos y territorios étnicos durante el conflicto armado, la Sala de Reconocimiento llevó a cabo diligencias dialógicas interculturales e interjusticias con los Pueblos Indígenas del Chocó y del Valle del Cauca. Estas diligencias sirvieron para ampliar informes y acordar la ruta de participación de estos pueblos en el caso. Además, permitieron comprender desde una perspectiva de justicia restaurativa las expectativas de los Pueblos Indígenas para la reparación de sus comunidades y Territorios.
 
Entre otras actuaciones judiciales, en 2023, la Sala de Reconocimiento de Verdad también imputó a otros diez exintegrantes de esa antigua guerrilla por la afectación sistemática al derecho a la identidad cultural de los pueblos ancestrales indígenas del norte del Cauca y del sur del Valle del Cauca. La decisión, que se tomó en el marco del Caso 05, concluyó que las columnas Jacobo Arenas y Gabriel Galvis de las Farc-EP afectaron de manera extendida y duradera el medio ambiente mediante la instalación de minas, la realización de ataques con explosivos y la invasión violenta de territorios indígenas y afrodescendientes, afectando especialmente los páramos de la región.
 
Entre otros temas, la investigación reveló que se realizaron cobros relacionados con actividades como la venta de coca y marihuana, así como la minería ilegal. Esto generó cuantiosos recursos a partir de actividades que perjudicaron profundamente los ecosistemas de la región. Precisamente, una de las decisiones que adoptó la magistratura como parte de la investigación fue acreditar al río Cauca como víctima. Esto, debido a las graves afectaciones que vivió este importante afluente, durante el conflicto.
 
Una de las más recientes decisiones relacionadas con los Pueblos Indígenas se dio el pasado 25 de junio de 2024, cuando la JEP acreditó como víctimas al Territorio ancestral, sagrado y colectivo de la Sierra Nevada de Gonawindua (Santa Marta) y a los Pueblos Iku (Arhuaco), Kággaba (Kogui), Wiwa y Kankuamo. La decisión, que se tomó dentro del Caso 09, se fundamentó en los hechos victimizantes y los daños graves, diferenciados y desproporcionados expuestos por diferentes organizaciones de víctimas de los Pueblos Indígenas y de derechos humanos en sus informes.
 
Desde la Secretaría Ejecutiva y la Comisión Étnica de la JEP también se han sumado otros esfuerzos como producir materiales informativos en lenguas nativas que faciliten el relacionamiento con los Pueblos Indígenas. Estos contenidos se han puesto a disposición del público y se ha exhortado a las entidades, medios de comunicación regionales y organizaciones sociales para que hagan uso de ellos, materializando el derecho a la información con enfoque étnico para estas comunidades.
 
La JEP continuará trabajando incansablemente para dignificar a los Pueblos Indígenas, hacer justicia por los daños graves, diferenciados y desproporcionados, y para evitar que la tragedia se repita. Cada Pueblo Indígena de Colombia tiene su propio sistema de justicia, y aunque son diversos, todos convergen en un enfoque restaurativo, basado en el consejo, la palabra y la búsqueda de armonizar las faltas cometidas.
 
La Justicia Transicional Restaurativa seguirá escuchando y nutriéndose de cada uno de los sistemas propios de los Pueblos Indígenas, implementando medidas que reparen los daños en todas sus dimensiones. Sin perder de vista la importancia, al igual que en la justicia indígena, de aplicar acciones que permitan al responsable reintegrarse a la comunidad y restaurar la convivencia y la armonía, buscando así la paz territorial.

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