Comunicado No. 58 
 
 
 

JEP abre el caso 003: “Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado” 

 

 
- Se inicia etapa de reconocimiento de la verdad, de responsabilidad y determinación de los hechos y conductas con base en el informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación denominado “Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”. 
 
- Para priorizar este caso, la Sala de Reconocimiento tuvo en cuenta que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional llamó la atención de este fenómeno en el marco del examen preliminar que adelanta sobre la situación colombiana, desde junio de 2004.        
 
Bogotá, julio 23 de 2018. Por medio del Auto 005 del 17 de julio de 2018, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR), de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), decidió avocar conocimiento del Caso No. 003, a partir del Informe No. 5 presentado por la Fiscalía General de la Nación, denominado “Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”. 
 
La SRVR priorizó el caso a partir de, entre otros, los informes que le entregó la Fiscalía y la Secretaría Ejecutiva de la JEP. El caso 003 cumple todos los criterios de priorización que estableció la Sala de Reconocimiento: el impacto por la vulnerabilidad de las víctimas, por la gravedad y magnitud del fenómeno, por su extensión en el territorio nacional, por el número y representatividad de los presuntos responsables, y el criterio complementario de disponibilidad de información. La Sala también tuvo en cuenta que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional llamó la atención de este fenómeno en el marco del examen preliminar que adelanta sobre la situación colombiana, desde junio de 2004.  
 
La Secretaría Ejecutiva recibió del Ministerio de Defensa 10 listados que en total incluyeron a 1.944 miembros de la fuerza pública que manifestaron expresamente su voluntad de comparecer ante la JEP. Estas personas se encuentran involucradas en 2.586 casos relacionados, prima facie, con hechos ocurridos en el marco del conflicto armado. De estos, 1.750 comparecientes son integrantes del Ejército Nacional; a la fecha 965 miembros de la fuerza pública se han beneficiado con la libertad transitoria, anticipada y condicionada y otros 134 con la privación de la libertad en unidad militar o policial. Conforme a las sentencias, acusaciones y otras piezas procesales relevantes que aportaron con su solicitud de acogimiento a la JEP, más del 90% de los miembros de la fuerza pública sometidos voluntariamente lo hicieron por hechos relacionados con muertes presentadas ilegítimamente como bajas en combate, conocidas como “falsos positivos”.  
 
El Informe No. 5 de la Fiscalía a la JEP identifica un total de 2.248 víctimas entre 1988 y 2014, de las cuales el 48% fueron hombres jóvenes entre los 18 y 30 años. Según el informe de la Fiscalía, el fenómeno allí descrito aumenta de manera sustancial a partir del año 2002 y muestra su etapa más crítica entre 2006 y 2008.  
 
Según la información recibida, el 45% de las víctimas eran campesinos y el 30% se dedicaba a actividades productivas informales en las ciudades. Asimismo, la Fiscalía indicó que, en una primera etapa del fenómeno, las víctimas fueron en su mayoría pobladores de zonas rurales que eran señalados de estar relacionados con las guerrillas, y en una segunda etapa las víctimas fueron en su mayoría habitantes de zonas urbanas en condición de vulnerabilidad económica.       
 
Asimismo, en la información recibida se indica que los perfiles de las víctimas incluyen defensores de los derechos humanos, sindicalistas, defensores de los derechos de las mujeres, de las víctimas y las minorías; lesbianas, gais, bisexuales y transgénero; personas con discapacidad física o mental y adolescentes, entre otros. Entre las víctimas también se cuentan miembros de comunidades indígenas, especialmente kankuamos, wiwas y wayúus. 
 
En cuanto a la dimensión espacial del fenómeno se tienen registros de su ocurrencia en 29 de los 32 departamentos del país, siendo Antioquia en donde se presentó la mayor cantidad de hechos, seguido de Casanare, Cesar, Meta y Norte de Santander. A partir de los informes de la Secretaría Ejecutiva y de la Fiscalía, se pudo observar que cuatro de las ocho divisiones del Ejército Nacional (la Primera, Segunda, Cuarta y Séptima), concentran cerca del 60% de los casos. 
 
En estas unidades están involucrados, presuntamente, personas con posiciones de mando y altos rangos en la organización militar que pudieron haber tenido un rol determinante en los hechos. Conforme a la Fiscalía, existen indicios de que el conocimiento sobre cómo realizar un homicidio y hacerlo parecer una muerte en combate fue transmitido de una unidad militar a otra, en la medida en que los militares presuntamente comprometidos eran traslados a lo largo de su carrera.  
 
Los informes acopiados indican que hay cerca de 2.100 procesos judiciales por casos asociados a muertes presentadas ilegítimamente como bajas en combate, en los que se investiga la responsabilidad de suboficiales y oficiales activos o en retiro. El Consejo de Estado ha calificado la práctica de las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate, como “una práctica sistemática y generalizada en materia de violaciones graves a derechos humanos”. 
 
Para el caso 003 de 2018, la Sala de Reconocimiento también valoró que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, en el reporte que hizo público en 2017, identificó diez brigadas militares específicas por haber presuntamente cometido “homicidios conocidos como falsos positivos” y que dichas unidades estaban adscritas a las Divisiones Primera, Segunda, Cuarta, Quinta y Séptima del Ejército Nacional. 
 
En ese sentido, la Sala de Reconocimiento a través de este auto resolvió: 
 
1. AVOCAR el conocimiento del caso 003 a partir del Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz sobre “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”, con anterioridad al 1 de diciembre de 2016, en los términos y por las razones expuestas en esta providencia. 
 
2. DECRETAR abierta la etapa de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y determinación de los hechos y conductas respecto de las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. En el marco de esta etapa, se DARÁ INICIO al llamado a versiones voluntarias correspondiente, para lo cual se adoptarán las decisiones necesarias. 
 
3. REQUERIR a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz para que remita a la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas los expedientes que tenga en su poder, relacionados con comparecientes que hubieran pertenecido a las Divisiones Primera, Segunda, Cuarta y Séptima del Ejército Nacional. 
 
4. COMUNICAR esta decisión, por intermedio de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento, a la Procuraduría General de la Nación, a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición, así como a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, para los fines que consideren pertinentes. 
 
La Sala de Reconocimiento precisó que, de conformidad con el literal j del numeral 48 del punto 5 del Acuerdo Final, la priorización de situaciones y casos no implica la pérdida automática e inmediata de la competencia que tiene la Fiscalía General de la Nación ni las demás autoridades ordinarias para continuar las investigaciones por los hechos allí agrupados. Únicamente cuando la Sala de Reconocimiento anuncie públicamente la presentación de la resolución de conclusiones respectiva ante el Tribunal para la Paz de la JEP, la Fiscalía o el órgano investigador de que se trate perderá la competencia para continuar investigando los hechos o conductas que son de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz.  
 
En las próximas semanas la Sala de Reconocimiento decidirá a quiénes y en qué orden llamará a versiones voluntarias entre los 1.750 militares comparecientes a la JEP.