DECLARACIÓN DEL MAGISTRADO EDUARDO CIFUENTES, PRESIDENTE DE LA JEP, SOBRE LA DECISIÓN DEL FISCAL DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL SOBRE EL EXAMEN PRELIMINAR EN COLOMBIA


La Corte Penal Internacional a través de la Oficina del Fiscal de la CPI inició una investigación preliminar en el año 2004 para determinar si en Colombia había plena voluntad, seriedad y estructuras judiciales suficientes para investigar, juzgar y condenar los graves crímenes de guerra que se cometieron en el conflicto armado colombiano.

Esa investigación preliminar ha durado más de 17 años. Solamente se llegó al término hoy gracias a los esfuerzos de investigación de la Jurisdicción Especial para la Paz. En tres años de trabajo incesante de la JEP, a partir de las imputaciones que ha realizado, permitió convencer a la Corte Penal Internacional, en cabeza del señor Fiscal, que debería entonces ponerle término a esa investigación para confiar única y exclusivamente en la JEP.

La JEP es el único órgano hoy competente en el país para perseguir los crímenes que también son competencia de la Corte Penal Internacional. Este es un voto de confianza de la CPI, de la Fiscalía, de la Jurisdicción Especial para la Paz. Solamente bastó que se iniciara el trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz y se mostrara resultados en estos 3 años para que efectivamente se le pusiera término a esa investigación preliminar.

Eso debe quedar muy claro en Colombia y muy claro para las víctimas. El señor Fiscal de la CPI le ha dado un giro a sus propias competencias de la función tradicional de la Corte Penal Internacional. No habrá más investigaciones preliminares de 17 años o de 15 años, son términos demasiados extensos para proteger a las víctimas, para perseguir a los responsables. Por eso, él ha señalado que de ninguna manera debe extenderse esta cesación de la investigación preliminar con el retiro de la CPI. Por el contrario, va a permanecer en estrecho contacto. Con la JEP han establecido cuáles deben ser los compromisos del Estado colombiano, de este gobierno y de todos los gobiernos siguientes en relación con la Jurisdicción Especial para la Paz:

  • La primera, y la más importante de ellas, mantener la estructura constitucional y legal de la JEP porque así se plasmó en el Acuerdo de Paz y porque así se incorporó en la Constitución Política de Colombia, y esa es la prenda de garantía para que no intervenga la CPI. Lo dice claramente el Acuerdo: “si hay un cambio en esa circunstancia, que es precisamente el estatus constitucional, y la actual estructura de la JEP, inmediatamente intervendrá el Fiscal de la Corte Penal Internacional. Por eso, el proyecto que ha radicado el Centro Democrático en el Congreso de la República para alterar la estructura de la Jurisdicción Especial para la Paz para crear en su interior Salas para militares es una afrenta directa a este Acuerdo. 
    Un proyecto de esos inmediatamente pondría en acción a la CPI, tal y como ha quedado plasmado en el Acuerdo que ha suscrito hoy el presidente Duque y el señor Khan, fiscal de la Corte Penal Internacional. 
    El fiscal señala que intervendría de inmediato si no se da la protección debida a quienes participan en los procesos frente a la Jurisdicción Especial para la Paz, la muerte de líderes sociales y de defensores de Derechos humanos es una circunstancia de enorme gravedad en el actual proceso de paz y afecta naturalmente el funcionamiento de una Jurisdicción que como la JEP, está basada en la verdad y en la asunción de responsabilidad.
Igualmente, este Acuerdo señala de que en todo momento se le debe otorgar el presupuesto suficiente a la JEP para que cumpla su misión. También ha señalado que la Fiscalía General de la Nación debe estar al servicio de la Justicia Especial para la Paz y que también, todos los órganos del Estado deben concurrir con el objeto de permitir que se den las sanciones propias, las cuales incorporan un contenido de reparación.

En este orden de ideas, es un acuerdo que pone de presente un giro y un cambio en la CPI, estará más cerca de la JEP y tendremos una relación permanente y tan pronto se advierta una interferencia en la Jurisdicción Especial para la Paz que afecte su propia misión, en ese instante, nosotros seremos los primeros en solicitar la intervención inmediata de la Corte Penal Internacional. Esto está previsto en ese Acuerdo.

RUEDA DE PRENSA

  • El acuerdo señala que en cualquier momento se reabre la investigación de la Fiscalía si se dan circunstancias o a la grave interferencia a la Jurisdicción Especial para la Paz, o la modificación de su estructura constitucional y legal, como la afectación de su presupuesto, como el precario apoyo que pueda recibir del Ejecutivo o del Estado colombiano. ¿Por qué? Porque le importa a la CPI es que en Colombia exista un órgano como la JEP, que garantice que existe capacidad para administrar justicia en relación con estos delitos, que existe un órgano que es capaz de investigar, juzgar y sancionar a los criminales de guerra. 

    Este giro hace que en el futuro no tengamos realmente estudios preliminares de 17 años. Tan pronto se presente una interferencia grave, actúa la CPI y no actuará en un término de 17 años sino de manera inmediata.
     
  • ¿Qué le ha hecho falta a la JEP para contar con más herramientas? ¿En dónde han estado ustedes como Corte en el caso de reclutamiento de niños? ¿En dónde han juzgado los vejámenes y los graves crímenes en sus casos? 

    En el caso de reclutamiento y la utilización de niños y niñas, la JEP ha puesto de presente, en el Caso de las Farc, (que hay) más de 20 mil hechos que en este momento está investigando la Jurisdicción. El próximo año vamos a emitir el primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas sobre esa materia. Precisamente son los esfuerzos notorios de la Jurisdicción en estos tres años los que han llevado al Fiscal Khan a cerrar la investigación, pero aclarando que en cualquier momento la reabre si hay interferencia frente a la JEP. Esto no se había presentado en el pasado, en un examen que llevaba varios lustros, con 3 años de investigación, 3 años de trabajo de la Jurisdicción se le pone término a esa investigación preliminar, pero se determina que la jurisdicción de la CPI es permanente y que vamos a tener una comunicación directa con el Fiscal para establecer, en cualquier circunstancia y ante un hecho grave, que se pongan otra vez en marcha los mecanismos de la Justicia Penal Internacional.
     
  • ¿Qué elementos le ha hecho falta a la JEP y al Sistema de Justicia Transicional por parte del Gobierno para avanzar en las investigaciones?

    El país conoce suficientemente los obstáculos que ha enfrentado la Jurisdicción. La ley Estatutaria fundamental de la JEP, que establecía competencias y el ejercicio propio de la JEP fue objetado por el Gobierno Nacional y esto demoró el ejercicio competencial de la Jurisdicción. Ese es un hecho que afortunadamente lo superamos en Colombia gracias a la constitucionalidad.

    En este momento estamos avanzando sostenidamente y me parece a mí que este acto del Presidente de la República de suscribir un acuerdo en el cual se establecen claramente los compromisos del Estado y del Gobierno y de los otros poderes públicos, y también las circunstancias bajo las cuales se pone en marcha de bueno la vigilancia y supervisión de la Corte Penal Internacional, son importantes.

    Yo felicito al Presidente de la República porque este es un acto en la dirección correcta, en la dirección en la que efectivamente reconocemos que ante nueve millones de víctimas en Colombia, es imprescindible confiar y darle todos los instrumentos necesarios a la JEP. Esto lo ha señalado el Fiscal de la CPI: “La JEP es un ejemplo ante el mundo". Él va a tomar en cuenta los mecanismos, los procedimientos propios de la JEP para plantearlos a otros países que también están atravesando problemas semejantes. Esta es una buena solución.

    La idea nuestra como Jurisdicción es trabajar siempre en armonía con los demás poderes del Estado, con el Ejecutivo, con la Fiscalía, con la Procuraduría. Próximamente vamos a suscribir un protocolo de colaboración armónica con la Fiscalía General de la Nación, que tiene una gran capacidad de investigación y sus insumos son importantes para la Justicia Transicional.

    No tiene razón de ser que existan conflictos entre las instituciones de la Justicia. Nosotros estamos en una nueva era de relaciones con la Fiscalía General de la Nación. Igualmente, vamos a suscribir otros acuerdos con el doctor Emilio Archila sobre todas las reparaciones que son necesarias que ingresen como contenidos de las sanciones reparadoras. Esa es una muestra de colaboración entre los poderes del Estado. Lo importante en esta materia es señalar que esto es un acuerdo trascendental porque se pone término a una investigación preliminar iniciada hace 17 años, gracias a los esfuerzos de investigación de la Jurisdicción Especial para la Paz en los últimos 3 años.

    Todo esto le da confianza al Fiscal de la CPI porque son los crímenes que, bajo la competencia de la CPI, son los mismos que en Colombia le corresponden a la JEP investigar, juzgar y sancionar. Por consiguiente, el punto de referencia para cesar esta investigación preliminar necesariamente ha sido el trabajo arduo de la Jurisdicción Especial para la Paz.

    Hacia el futuro, dado que la CPI es una institución permanente, ella establece vínculos con el Estado colombiano y particularmente con la JEP. Esos vínculos son de colaboración técnica, de intercambios de información, pero también son vínculos para que independientemente y de manera autónoma la JEP determine si en Colombia se están cumpliendo por parte de todos los poderes públicos, en este Gobierno y en los próximos gobiernos, las responsabilidades asumidas por Colombia ante la Comunidad Internacional, que se concreta en darle pleno apoyo a la JEP, no interferir en sus funciones, respetar su autonomía, mantener su estructura constitucional y legislativa, excluir a la Jurisdicción del proceso electoral, en lo posible, porque se trata de un compromiso para investigar, juzgar y sancionar graves crímenes ocurridos durante el conflicto armado interno. ¿Cuál es el órgano que lleva a cabo esa función? La Jurisdicción Especial para la Paz. Eso es lo que ha señalado el señor Fiscal y por eso, creo que este compromiso de Estado recuerda una vez más que el eje de la justicia, el ala internacional de lo que tiene que ver con esos delitos, no es si no la JEP.

     
  • El fiscal hacía énfasis de la JEP, de la fiscalía de los demás órganos… No es un secreto que la confianza en la Jurisdicción Especial para la Paz está minada. ¿Cuál es su compromiso y que mensaje le envía a los ciudadanos para decirles 'aquí está la JEP'? ¿Cuál es la verdadera reparación, justicia y verdad? 

    La confianza en la JEP la tienen todas las víctimas, la confianza en la JEP la ha refrendado hoy ni más ni menos una autoridad mundial en el campo del Derecho Penal Internacional, que es el fiscal Khan, quien ha reconocido que entramos en una nueva fase que es la complementariedad positiva entre La CPI y la JEP, pero activa. 

    Esta es una demostración clara de confianza. Son 17 años de abrir una investigación preliminar para determinar si se investigan las situaciones en Colombia y solamente, a raíz de 3 años de denodado esfuerzo de la Jurisdicción y de resultados claves de imputaciones claves, se cierra la investigación preliminar con el objeto de que esa tarea y esa función se reconozca que está en cabeza de la JEP y que para esos efectos ella debe ser asegurada, tanto financieramente, funcionalmente y en su propia autonomía. Es la exigencia que ha formulado el fiscal Khan, quien ha señalado que en cualquier momento se reabre una investigación si no se le asegura a la JEP todo el apoyo necesario, comenzando por mantener su régimen que es constitucional, que es estatutario, que surge del proceso de paz y está sustentado en tratados internacionales.

    ¡La JEP está respondiendo a las víctimas!