​COMUNICADO 115 DE 2020​​


La JEP abrió incidente de medidas correccionales contra el gerente de EPM


  • La Sección de Ausencia de Reconocimiento tomó la decisión para proteger los cuerpos de posibles víctimas del conflicto armado en Antioquia.
  • La decisión se adoptó luego de que venció  la prórroga de 20 días de plazo inicial para que EPM entregara información solicitada sobre el traslado administrativo de cuerpos inhumados en los cementerios de Barbacoas, La Fortuna y Orobajo.

Bogotá, 20 de agosto de 2020. La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SARV) decidió abrir un incidente de medidas correccionales contra el gerente de EPM, Álvaro Guillermo Rendón López, por no dar respuesta a los requerimientos hechos por la JEP en octubre de 2019, en el sentido de entregar documentos y demás soportes en los que se basó esa empresa para realizar el traslado administrativo de cuerpos inhumados en los cementerios de Barbacoas, La Fortuna y Orobajo (Antioquia), durante el proceso de construcción de Hidroituango.

Rendón López tiene cinco días para ejercer su derecho a la defensa y enviar el material solicitado.

La decisión se tomó en el marco del estudio de las medidas cautelares para 16 zonas del país que buscan proteger los cuerpos de posibles víctimas del conflicto armado.

El 29 de julio venció el plazo para que EPM entregara los documentos, sin que a la Jurisdicción Especial para la Paz llegara el material o, en su defecto, la justificación del incumplimiento, a pesar de la prórroga de 20 días concedida a la entidad. La información solicitada a EPM incluye, entre otros documentos, los soportes que tuvo en cuenta para realizar el traslado administrativo de cuerpos inhumados en los cementerios de Barbacoas, La Fortuna y Orobajo (Antioquia).

La zona de influencia de Hidroituango es una de las 16 áreas en las que se estudia tomar medidas cautelares desde septiembre de 2018 por petición del Movimiento de Víctimas de crímenes del Estado (MOVICE). De acuerdo con los peticionarios, en la zona hay “sitios de enterramiento, legales e ilegales". Según lo que han dicho las víctimas de Puerto Valdivia, Tarazá y Cáceres, hay pabellones, osarios y fosas con cuerpos no identificados, posiblemente correspondientes a víctimas de personas dadas por desaparecidas, víctimas del conflicto armado.

Los pronunciamientos de las Salas de Justicia y de las Secciones del Tribunal para la Paz de la JEP son decisiones judiciales, cuyo acatamiento es obligatorio, conforme a lo contemplado en el inciso segundo y el numeral 7º del artículo 95 de la Constitución Política de Colombia, que señalan que es deber de la persona y el ciudadano “Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de justicia".

Antecedentes

​Tras la audiencia pública que se llevó a cabo en Medellín el 8 y 9 de octubre de 2019, la JEP hizo un primer requerimiento de información a EPM en el marco de la medida cautelar que cubre la zona de influencia de Hidroituango. En respuesta, la entidad entregó 23 documentos. Sin embargo, en el Auto AT-030, del 9 de marzo de 2020, la Sección manifestó que “hay una notoria discordancia entre las afirmaciones de EPM en relación con los traslados administrativos de los cementerios y lo hallado por la JEP en el laboratorio de la Universidad de Antioquia".

​Ante esa inconsistencia, la Sección solicitó a EPM remitir, en el término de 10 días, la documentación completa que sustenta que ninguno de los cuerpos sepultados en los cementerios de las localidades de Orobajo (Sabanalarga), Barbacoas (Peque) y La Fortuna (Buriticá) guardaban relación alguna con el conflicto armado. Asimismo, le ordenó a EPM presentar la documentación con la cual el personal calificado documentó el traslado administrativo de los cuerpos inhumados en estos cementerios.

EPM solicitó ampliar el término para reunir la documentación. La JEP le otorgó un plazo adicional de 20 días. Sin embargo, vencido el plazo, EPM no cumplió con la entrega de la información requerida, ni ofreció ninguna razón para no entregarla. ​