Comunicado 039 de 2020​​

Por Covid-19, la JEP amplía suspensión de audiencias y términos hasta el 3 de abril

  • También se suspende la atención presencial de público en la sede de Bogotá y las oficinas del país hasta la misma fecha. 

Bogotá, 19 de marzo de 2020. Buscando garantizar la debida protección de la salud de servidores y servidoras, así como la de quienes intervienen ante la JEP, la Presidenta, magistrada Patricia Linares, y la Secretaria Ejecutiva, María del Pilar Bahamón Falla, facultadas por el Órgano de Gobierno, ordenaron ampliar hasta el 3 de abril de 2020, la suspensión de audiencias y términos judiciales, prevista inicialmente hasta el 20 de marzo.

Esta suspensión no implica el cese de actividades por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz. Las Salas de Justicia y las Secciones del Tribunal para la Paz seguirán sesionando en lo posible de manera virtual pero no podrán proferir providencias.

Esta suspensión no aplica en relación con el trámite de respuesta a Habeas Corpus.

De igual manera, se suspende la atención presencial al público en su sede de Bogotá D.C. y en las oficinas en las cuales laboran los grupos territoriales, hasta el 3 de abril de 2020.

La atención a la ciudadanía seguirá prestándose a través de los siguientes canales:

  • Conmutador: (+57) (1) 7440041 en Bogotá y 01 8000 180602 en el resto del país.
  • Correo electrónico: info@jep.gov.co
  • Formulario PQRSFD:  www.jep.gov.co/ServicioAlCiudadano/Paginas/pqrsf.aspx