Nota de prensa​

SeRVR escucha a comparecientes del Subcaso Costa Caribe para avanzar en definición de sanciones


•⁠  ⁠En la audiencia participaron 12 miembros de la fuerza pública, imputados como máximos responsables, quienes han aportado verdad y reconocido su responsabilidad en este subcaso del Caso 03.

•⁠  ⁠La diligencia se realiza tras la reunión de la magistratura en Valledupar con más de 100 víctimas y autoridades étnicas Indígenas y Afrocolombianas, y después de una audiencia con entidades públicas para garantizar las condiciones necesarias para la imposición de la sanción propia.

 

Bogotá, 16 de octubre de 2024. Para avanzar en la definición de las sanciones propias que se impondrán a los máximos responsables que han aportado verdad y reconocido su responsabilidad, la Sección de Reconocimiento de Verdad (SeRVR) del Tribunal para la Paz de la JEP escuchó en audiencia a 12 comparecientes implicados en asesinatos y desapariciones forzadas, presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, en el Subcaso Costa Caribe - Caso 03.

 

Este encuentro dialógico y restaurativo hace parte de un ciclo de audiencias que se realizan para la formulación de la sanción propia, en el marco de la fase de juicio que conduce a la emisión de la sentencia. Este proceso comenzó el 30 de junio en Bogotá, con una diligencia judicial en la que participaron entidades públicas de nivel nacional, regional y local, cuyo objetivo era asegurar las condiciones para la imposición efectiva de la sanción propia.  

 

Posteriormente, en agosto, este ciclo de audiencias continuó en Valledupar con un encuentro dialógico y restaurativo en el que la magistratura escuchó a más de 100 víctimas acreditadas y a las autoridades étnicas Indígenas y Afrocolombianas.

 

El objetivo de estas audiencias es socializar los avances de la fase de evaluación de correspondencia que debe hacer la Sección de Reconocimiento de Verdad. Se trata de un proceso paralelo a la etapa de juicio, en el que se escucha, recogen insumos, inquietudes y propuestas de los sujetos procesales e intervinientes especiales.  

 

Asimismo, como parte de esta etapa, la magistratura indaga y evalúa la oferta institucional de las entidades públicas que permita el cumplimiento de las sanciones que se impongan.

 

Como parte de este ciclo de audiencias, las observaciones que hacen las partes sobre las propuestas de proyectos de sanción permitirán diseñar el componente reparador y restaurador de la sanción propia, así como proyectar la forma en que se llevarán a cabo y cumplirán los futuros proyectos restaurativos.

 

Precisamente, durante la audiencia de la semana pasada, los 12 antiguos integrantes del ‘Batallón de Artillería No. 2 La Popa’, imputados en el Subcaso Costa Caribe por el periodo 2002-2005, formularon preguntas sobre las condiciones de vida y sostenibilidad necesarias para cumplir las sanciones. Además, la magistratura detalló el mecanismo de monitoreo y verificación de las mismas.

 

La diligencia judicial contó con la presencia de la Misión de Verificación de la ONU, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).

 

Las observaciones realizadas por los comparecientes sobre las iniciativas de reparación, las que presentaron las víctimas en agosto pasado y los insumos de las instituciones públicas, serán analizadas cuidadosamente por los magistrados y magistradas que componen la Sección de Reconocimiento de Verdad. Al final de este ciclo de escucha, la magistratura cuenta con los insumos que le permiten emitir la sentencia y formular la sanción propia.

 

¿Qué es la Sección de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad?

 

La sección hace parte del Tribunal para la Paz, la máxima instancia de la JEP encargada de juzgar e imponer sanciones propias a los máximos responsables que hayan aportado verdad completa, detallada y exhaustiva y que hayan reconocido su responsabilidad por los crímenes de guerra y de lesa humanidad que les imputaron.  

 

Las sanciones propias de la JEP

 

Son uno de los tres tipos de sanciones que impone la JEP y contribuyen a reparar y restaurar el daño causado a las víctimas y comunidades a través de trabajos, obras y actividades. Serán desarrolladas por los máximos responsables de las Farc-EP, la fuerza pública, agentes estatales y terceros civiles que reconozcan su responsabilidad y aporten verdad ante la Jurisdicción.


Aunque estas sanciones no implican cárcel, sí comprenden restricciones efectivas de derechos y libertades de mínimo cinco y hasta ocho años.