REPORTAJE


El territorio ancestral como víctima, un hito en la justicia transicional

 
**Este reportaje se realizó en el marco del proyecto Apoyo al fortalecimiento de la misión de la Jurisdicción Especial para la Paz, para la consolidación de la transición hacia la paz en Colombia – Fase I, el cual es financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo - AECID
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  • El territorio ancestral y colectivo de los pueblos étnicos y la naturaleza que los integra ocupa un rol central en el trabajo que realiza la Jurisdicción Especial para la Paz.
  • En 2019, la JEP acreditó como víctima al Katsa Su, gran territorio del pueblo Awá, al Eperara Euja territorio-mundo del pueblo Eperara Siapidaara y al territorio colectivo titulado y ancestral del pueblo negro y afrocolombiano de Tumaco y Barbacoas, en Nariño.
  • Esta es la primera vez que un tribunal de justicia transicional en el mundo toma una decisión de este tipo.
  • Para los pueblos étnicos las afectaciones e impactos de la guerra no se agotaron en el daño ocasionado a su gente y sus comunidades, sino también a sus territorios, los demás seres vivos y espíritus que habitan en él, y su relación con el entorno natural.

Las acreditaciones de los territorios ancestrales y colectivos de los pueblos étnicos como víctimas por parte de la JEP, sienta un importante precedente respecto al reconocimiento de las múltiples violencias y los impactos graves, diferenciales y desproporcionados ocurridos contra ellos en el conflicto armado interno. Esas violencias no solo se dirigieron contra la vida humana, sino también contra la vida del territorio y la existencia de todos los seres y espíritus que los habitan, así como su forma de vivir, comprender, dar significado y relacionarse entre ellos y con el mundo natural propias de los pueblos étnicos.

En 2019, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas acreditó como víctimas al Katsa Su, gran territorio del pueblo Awá; al Eperara Euja territorio-mundo del pueblo Eperara Siapidaara y al territorio colectivo titulado y ancestral del pueblo negro y afrocolombiano de Tumaco y Barbacoas, en el marco del Caso 02, que prioriza la situación de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas, en Nariño.

“Por primera vez un tribunal de justicia transicional realiza este reconocimiento, que ha permitido darle agencia al territorio ancestral, para que, a través de sus autoridades espirituales y tradicionales, se pueda garantizar sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la garantía de no repetición", asegura la magistrada Belkis Florentina Izquierdo, vicepresidenta de la JEP y relatora del Caso 02.

Los territorios ancestrales acreditados suman aproximadamente 705,543 hectáreas, caracterizados por su riqueza natural, su amplia diversidad biológica, lingüística, social y cultural, habitados en una relación inescindible e interdependiente por 100.105 personas asentados en 54 resguardos indígenas y 30 consejos comunitarios del pueblo negro y afrocolombiano, todos ellos acreditados como víctimas colectivas.

En el Katsa Su, el Eperara Euja y el territorio ancestral y colectivo afro, estos pueblos étnicos desarrollan toda la vivencia de su espiritualidad y su cultura, se armonizan con sus espíritus y ancestros, y realizan sus ritualidades de acuerdo con sus leyes de origen, leyes naturales, o sus sistemas normativos propios. Para los pueblos étnicos que habitan estos territorios, la vulneración de derechos se intensificó con la presencia de actores armados que irrumpieron en el entorno y atentaron contra la integridad y dignidad del territorio, las comunidades y las personas.

La instalación y explosión de minas antipersona, la tala indiscriminada de árboles, el derramamiento de petróleo, la siembra de cultivos de uso ilícito, el vertimiento de sustancias tóxicas por minería criminal, el despojo, entre otras conductas, generaron la desaparición de encantos, espíritus protectores, padres y madres tutelares, y también de fuentes de abastecimiento, de animales para la caza y la pesca, de plantas medicinales y para la práctica de las ritualidades propias, ocasionando efectos para la existencia y pervivencia de la vida del territorio y la permanencia y continuidad cultural de quienes lo habitan.

Esta violencia producida por la guerra también afectó profundamente las relaciones transgeneracionales, incluyendo la capacidad de la gente para preservar y transmitir sus saberes, además que restringió sus capacidades para llevar a cabo sus prácticas cotidianas como son las formas de cultivar, cazar, conservar semillas y hacer sus prácticas medicinales entre otros rituales tradicionales.

Por ello, más que entender el daño cometido contra unidades de paisaje o recursos naturales, la JEP se propone adoptar un enfoque que considere la ruptura de relaciones socio-ecológicas a múltiples escalas y temporalidades, la degradación de la vida ampliamente entendida y la pérdida de la capacidad por parte de las comunidades de permanecer y florecer en sus territorios, debido a la destrucción de las condiciones materiales de trabajo y alimentación, la autonomía colectiva y la reproducción cultural. 
 

“Nosotros los indígenas awá, somos gente de la selva, que conservamos nuestra identidad cultural, conocimiento y saberes propios, y el territorio es la casa grande, el Katsa Sú, territorio grande colectivo, legalmente constituido, un territorio ancestral con gobierno propio. En este sentido el Katsa Sú es un espacio vital, un lugar donde se convive con la naturaleza, donde se reproduce la vida, se mantiene el equilibrio, la armonía, y donde recreamos nuestro pensamiento", dice un miembro del pueblo Awá, que pidió mantener su identidad en el anonimato.

Considerando esas manifestaciones de las múltiples formas de vida y de diferentes formas de relacionamiento entre ellas, la JEP ha consultado la visión de los pueblos étnicos y, a través del diálogo intercultural y de saberes, de la coordinación y articulación interjurisdiccional e interjusticias, trabaja de la mano con las justicias propias en la comprensión de la existencia de una red de vida y de interrelaciones.

“La garantía y condiciones de vida y de existencia deben garantizarse para todos los seres vivos y espíritus tutelares pues unos dependen de otros y se entrelazan en un inmenso tejido, red de vida que siempre va a estar en movimiento y transformándose", explica la magistrada Izquierdo.


Derechos del territorio como víctima acreditada en la JEP

Como víctima acreditada, el territorio ancestral adquiere todos los derechos de cualquier otra víctima para la obtención de los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparación y a la garantía de no repetición. En este sentido, su inclusión como víctima llama la atención sobre las posibilidades de visibilizar una serie de daños e impactos del conflicto armado que se extienden más allá de los humanos, comprendiendo que el territorio es inseparable de las personas y reconociendo las profundas interrelaciones de los pueblos indígenas, comunidades negras y locales con el territorio que habitan.



Al respecto, la magistrada Belkis Izquierdo enfatiza en la necesidad de superar visiones antropocentristas que ven a la tierra, la naturaleza, los ríos y mares como recursos de explotación para el beneficio del ser humano, por una visión más holística desde las ontologías relacionales.  Se busca así una visión que comprenda la integralidad del territorio que incluye la naturaleza, los humanos, los seres espirituales y sus múltiples relaciones.

Hasta el momento, la JEP ha avanzado en siete decisiones judiciales que plantean ese reconocimiento del territorio: la Cxhab Wala Kiwe, el Katsa Su y el Eperera Euja, territorios ancestrales de los pueblos indígenas Nasa, Awá y Sia, así como los territorios ancestrales y colectivos de los consejos comunitarios de Tumaco y Barbacoas, integrados por habitantes del pueblo negro y afrodescendiente.

La magistrada Izquierdo afirma, por ejemplo, que “al acreditar al Katsa Su del pueblo Awá, la JEP no solo visibiliza la existencia de sus relaciones inescindibles con el territorio, sino también la cosmovisión de ese pueblo y sus distintas dimensiones. En el caso del pueblo Awá, se habla del mundo de los muertos, el mundo de los dioses, el mundo donde estamos nosotros físicamente y también el mundo de los de abajo". En este sentido, lo que hace la justicia transicional es proteger ese pensamiento, esa forma de vida y de comprensión del territorio, y cómo en medio del conflicto armado esas interrelaciones fueron afectadas.

Es muy importante aclarar que “cuando se habla de Territorio desde la cosmovisión de los pueblos étnicos, hacemos referencia a un sujeto vivo, a un ser vivo, con derecho a existir. Es un concepto cultural, político y espiritual, que comprende el territorio terrestre, aéreo, subterráneo y marítimo. La justicia transicional, desde las ontologías relacionales, debe aproximarse en sus decisiones judiciales a la visión de los pueblos, solo así cualquier esfuerzo será restaurador", afirma la magistrada Izquierdo.

Estas nuevas formas de relacionarnos y tomar decisiones judiciales, en un diálogo intercultural e interlegal se realiza en un marco del pluralismo jurídico, la diversidad étnica y cultural de la Nación y la igualdad y dignidad de todas las culturas, necesarios en la justicia transicional colombiana que prevé la justicia restaurativa, dialógica y prospectiva en sus decisiones.

“Como pueblo Awá el reconocimiento del territorio como víctima ha sido muy importante en calidad de sujetos colectivos de derechos. Esto ha permito dar a conocer todas las problemáticas que se han presentado en el marco del conflicto armado para que estos hechos no se sigan repitiendo. Reconocemos cómo desde la JEP hemos articulado este importante trabajo, bastante dispendioso pero posible de realizar, en el cual los líderes y lideresas del pueblo han jugado un papel fundamental en diferentes espacios y escenarios", concluye uno de los representantes del pueblo Awá, que también pidió el anonimato.

Por ello, el reto para la justicia transicional es ampliar su visión analítica para incorporar estas diversas realidades con el fin de entender de forma integral los daños e impactos que sucedieron en territorios concretos, los cuales interrumpieron las dinámicas de vida en todos sus sentidos. Desconocer la macrocriminalidad que afectó a los territorios de pueblos étnicos sería ir en contra de las diferentes cosmovisiones y vivencias de los pueblos y las fracturas de sus relaciones con su entorno natural en el marco del conflicto, que pusieron en riesgo su pervivencia física y cultural.