Medidas Cautelares

para proteger a las víctimas
de desaparición forzada

Consulta toda la información sobre las órdenes emitidas por la JEP para proteger los derechos de las víctimas de desaparición forzada. Las medidas cautelares se han convertido en una herramienta jurídica clave para responder a sus demandas históricas y desplegar acciones tempranas de restauración que contribuyen a reparar el daño causado durante el conflicto armado.

Más de 80 lugares cautelados

La JEP ha emitido medidas cautelares que protegen lugares y cementerios donde se presume la existencia de cuerpos de personas desaparecidas durante el conflicto armado. Esta protección permite que las entidades competentes realicen la intervención para el hallazgo de cuerpos y el respectivo análisis técnico-forense.


Instrucciones:
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¿Por qué se ordenan medidas para proteger lugares y cementerios?
Responden a necesidades expresadas por las víctimas, a través de sus representantes jurídicos, que dan a conocer lugares donde hay posibles personas víctimas de desaparición forzada.
¿Por qué la urgencia de proteger lugares y cementerios?
Con el paso de los años el material genético de los cuerpos recuperados se deteriora y se pierde.
⁠La mayoría de buscadoras y buscadores se encuentran en avanzada edad y se están muriendo sin respuesta del Estado.
⁠La dificultad para garantizar una entrega digna que responda a los derechos de las víctimas.
Imagen 1
Desafíos estructurales para la búsqueda en lugares y cementerios
Necesidad de unificar el universo de víctimas de desaparición forzada.
Exhumaciones de administradores de cementerios sin orden judicial ni protocolos forenses.
Inhumaciones irregulares de cuerpos no identificados en osarios comunes/colectivos.
Necesidad de masificar la urgencia en la toma de muestras biológicas en territorio.
Insuficiencia de recursos humanos, técnicos y presupuestales en entidades forenses.
Necesidad de construir escenarios de memoria para la dignificación de las víctimas.
Generar compromiso por parte de alcaldías, gobernaciones y la Iglesia en el manejo, cuidado y custodia de cuerpos en los cementerios.

Para consultar las diversas decisiones sobre medidas cautelares, le invitamos a visitar nuestro buscador especializado Relati. En él encontrará todos los enlaces relacionados con las medidas cautelares ordenadas por la Jurisdicción Especial para la Paz.

Noticias

Conozca lo último realizado por la Jurisdicción Especial para la Paz. Noticias, publicaciones en redes sociales y videos.

Ruta de las medidas cautelares

Solicitud de medida cautelar por parte de las víctimas

(Aplica para todas las medidas)
En el desarrollo de los procesos y trámites judiciales de la JEP, las Salas y Secciones reciben solicitudes de las organizaciones y víctimas encaminadas a la protección de los derechos de las víctimas que están siendo vulnerados. La JEP cruza estas solicitudes con las investigaciones adelantadas en los 11 macrocasos de la Sala de Reconocimiento, los informes recibidos, las versiones de comparecientes y los datos recopilados en el desarrollo de las investigaciones competencia de la entidad.

Solicitud de información a entidades y organizaciones

(Aplica para todas las medidas)
Cuando la magistratura advierte de riesgos de diferente índole que repercuten sobre los derechos de víctimas y comparecientes, avoca conocimiento sobre las situaciones a fin de recaudar información o decretar una medida cautelar para proteger los derechos.

Contrastación de información, consolidación de pruebas

(Aplica para todas las medidas)
La JEP solicita a las autoridades competentes, ya sean del ámbito nacional o territorial, que entreguen información sobre las acciones implementadas en los lugares, los archivos o a favor de las personas protegidas, según la competencia determinada por la norma para cada entidad.

Orden de medida cautelar

(Aplica para todas las medidas)
La JEP clasifica la información recibida, despliega visitas a las zonas del país involucradas, convoca a organizaciones de víctimas y establece un diálogo con entidades para contrastar la información y verificar la necesidad urgente de la medida.

Seguimiento de acciones interinstitucionales

(Aplica para todas las medidas)
La JEP ordena la medida cautelar necesaria (de lugares, de información, de memoria, de personas o de enfoque de género) atendiendo a la contrastación y verificación de los riesgos que se están presentando, la vulneración de los derechos de las víctimas, la necesidad y urgencia de decretar la protección ante la petición realizada por las víctimas y organizaciones. En esta decisión se ordenan acciones directas a las autoridades competentes con términos para su ejecución.

Identificación de cuerpos

(Aplica solo para medidas cautelares de protección a lugares y cementerios)
En el marco de las MC de protección para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas, se ordena la recuperación de los cuerpos de aquellos lugares que, por diferentes razones, ponen en riesgo los cuerpos de presuntas víctimas de desaparición forzada. Una vez se interviene un lugar o cementerio, se realiza los procesos de identificación.

Búsqueda inversa

(Aplica solo para medidas cautelares de protección a lugares y cementerios)
Una vez se tiene certeza de la identificación y verificación de la identidad del cuerpo encontrado, y cuando este no ha sido reclamado, se despliega un conjunto de acciones articuladas desde las entidades competentes para la ubicación de los grupos familiares y/o allegados de las víctimas de desaparición forzada en Colombia, con el fin de una entrega digna o culturalmente pertinente.
Conozca aquí la herramienta dispuesta para la Búsqueda inversa

Entrega digna

(Aplica solo para medidas cautelares de protección a lugares y cementerios)
La JEP ordena la entrega digna de los cuerpos de personas víctimas de desaparición forzada a su familia que han sido identificados, lo que representa un acto solemne, humano, sensible y de profundo respeto, que se enmarca en proceso restaurativo, como resultado de la medida cautelar ordenada.

Cierre o archivo de la medida cautelar

(Aplica para todas las medidas)
Cuando las acciones ordenadas por la JEP tienen cumplimiento y este se ha verificado, la magistratura procede a cerrar o archivar la medida cautelar, verificando que los riesgos ya se hayan superado y no se vulneren los derechos de las víctimas y comparecientes.

Seguimiento contínuo cuando corresponda

(Aplica para todas las medidas)
La JEP ordena el seguimiento constante, con audiencias y demás órdenes judiciales necesarias, hasta que se evidencie el cumplimiento de las órdenes dadas en la apertura de la medida cautelar.

Entregas Dignas

La JEP ordena la entrega digna de los cuerpos de personas víctimas de desaparición forzada a su familia que han sido identificados, lo que representa un acto solemne, humano, sensible y de profundo respeto, que se enmarca en proceso restaurativo, como resultado de la medida cautelar ordenada.

Audiencias Medidas Cautelares

Ver lista completa

El Plan estratégico e integral para el proceso de localización, protección, custodia e identificación de los cuerpos exhumados en el marco de las medidas cautelares

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Búsqueda inversa, hacia el encuentro de familiares y allegados de personas desaparecidas

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Para que la JEP pueda proteger los derechos de las víctimas y satisfacer su derecho a la justicia.

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